V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2020-28824)
Anuncio de la Delegación del Gobierno en Cádiz de la Junta de Andalucía por el que se somete a información pública la solicitud de declaración en concreto de utilidad pública de la instalación suministro de gas natural canalizado en el término municipal de San José del Valle (Cádiz).
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 8 de septiembre de 2020
Sec. V-B. Pág. 38737
1.- Prohibición de efectuar trabajos de arada, cava o similares a una
profundidad superior a cincuenta (50) centímetros, a una distancia inferior a 2
metros a contar desde el eje de la tubería y a ambos lados de la misma, así como
de plantar árboles o arbustos de tallo alto.
2.- Prohibición de realizar cualquier tipo de obras en diez (10) metros, cinco a
cada lado del eje de la tubería, construcción, edificación, movimientos de tierras o
efectuar acto alguno que rebaje la cota del terrero o pudiera dañar o perturbar el
buen funcionamiento de las instalaciones. Esta distancia podrá reducirse siempre
que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que en cada caso fije el
órgano competente de la Administración.
3.- Libre acceso del personal y equipos necesarios para la vigilancia y para
mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños
que se ocasionen.
4.- Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de
ventilación, así como realizar las obras superficiales o subterráneas que sean
necesarias para ello.
5.- Obligación de informar al titular de la canalización de gas del alcance de
cualquier obra de excavación o construcción que se pretenda realizar en el futuro
fuera de la franja de servidumbre pero dentro de la zona de seguridad definida en
la norma UNE-60-305-83, a distancia al eje de la tubería inferior a cinco (5) metros,
para la determinación y el establecimiento de las precauciones o medidas de
seguridad convenientes que preserven de posibles riesgos a la conducción de gas.
B) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las
obras de la franja que se refleja, para cada finca, en los planos parcelarios del
proyecto. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se
realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y
elementos anexos, ejecutando los trabajos y operaciones precisas a dichos fines.
La anchura de la pista objeto de la ocupación temporal se define en función del
diámetro del tubo. En este caso, la anchura de pista normal, según
especificaciones emitidas por REDEXIS GAS S.A. será de 10 metros.
De conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la citada Ley 34/1998,
la declaración, en concreto, de utilidad pública, lleva implícita, en todo caso, la
necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados,
e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de
expropiación Forzosa.
Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los
propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por la instalación, cuya
relación se inserta al final de este anuncio, indicándose que el Proyecto, podrá ser
examinado en las dependencias de la Delegación del Gobierno de Cádiz de la
Junta de Andalucía en Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal 6. Edificio Junta de Andalucía.
11008 Cádiz (Servicio de Industria, Energía y Minas y, en su caso, presentar las
alegaciones que se estimen oportunas, en el plazo de veinte días, a partir del
siguiente al de inserción del presente anuncio.
Asimismo, la presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 83 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a los efectos de
notificación previstos en el artículo 45 del antedicho Cuerpo legal.
cve: BOE-B-2020-28824
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 240
Martes 8 de septiembre de 2020
Sec. V-B. Pág. 38737
1.- Prohibición de efectuar trabajos de arada, cava o similares a una
profundidad superior a cincuenta (50) centímetros, a una distancia inferior a 2
metros a contar desde el eje de la tubería y a ambos lados de la misma, así como
de plantar árboles o arbustos de tallo alto.
2.- Prohibición de realizar cualquier tipo de obras en diez (10) metros, cinco a
cada lado del eje de la tubería, construcción, edificación, movimientos de tierras o
efectuar acto alguno que rebaje la cota del terrero o pudiera dañar o perturbar el
buen funcionamiento de las instalaciones. Esta distancia podrá reducirse siempre
que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que en cada caso fije el
órgano competente de la Administración.
3.- Libre acceso del personal y equipos necesarios para la vigilancia y para
mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños
que se ocasionen.
4.- Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de
ventilación, así como realizar las obras superficiales o subterráneas que sean
necesarias para ello.
5.- Obligación de informar al titular de la canalización de gas del alcance de
cualquier obra de excavación o construcción que se pretenda realizar en el futuro
fuera de la franja de servidumbre pero dentro de la zona de seguridad definida en
la norma UNE-60-305-83, a distancia al eje de la tubería inferior a cinco (5) metros,
para la determinación y el establecimiento de las precauciones o medidas de
seguridad convenientes que preserven de posibles riesgos a la conducción de gas.
B) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las
obras de la franja que se refleja, para cada finca, en los planos parcelarios del
proyecto. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se
realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y
elementos anexos, ejecutando los trabajos y operaciones precisas a dichos fines.
La anchura de la pista objeto de la ocupación temporal se define en función del
diámetro del tubo. En este caso, la anchura de pista normal, según
especificaciones emitidas por REDEXIS GAS S.A. será de 10 metros.
De conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la citada Ley 34/1998,
la declaración, en concreto, de utilidad pública, lleva implícita, en todo caso, la
necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados,
e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de
expropiación Forzosa.
Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los
propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por la instalación, cuya
relación se inserta al final de este anuncio, indicándose que el Proyecto, podrá ser
examinado en las dependencias de la Delegación del Gobierno de Cádiz de la
Junta de Andalucía en Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal 6. Edificio Junta de Andalucía.
11008 Cádiz (Servicio de Industria, Energía y Minas y, en su caso, presentar las
alegaciones que se estimen oportunas, en el plazo de veinte días, a partir del
siguiente al de inserción del presente anuncio.
Asimismo, la presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 83 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a los efectos de
notificación previstos en el artículo 45 del antedicho Cuerpo legal.
cve: BOE-B-2020-28824
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 240