III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2020-10361)
Resolución de 19 de agosto de 2020, del Instituto Geológico y Minero de España, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con el Consejo Insular de Menorca, sobre el estudio científico-técnico de las Cuevas de Cala Blanca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240
Martes 8 de septiembre de 2020
Sec. III. Pág. 75502
Décima. Forma de ingreso.
El ingreso de las cantidades comprometidas por el CIM (32.175,00 €), serán
efectuadas en el Banco de España de la calle Alcalá, n.º 50, en la
cuenta 9000.0001.20.0200007450 a nombre del Instituto Geológico y Minero de España,
mediante el siguiente calendario de pagos:
a) Año 2020, una aportación anual por importe de diez mil ochocientos setenta y
cinco euros (10.875,00 €), en el mes de septiembre.
b) Año 2021, una aportación anual por importe de veintiún mil trescientos euros
(21.300,00 €) en el mes de septiembre.
Undécima.
Régimen jurídico.
Este Convenio queda sometido al cumplimiento de todo lo dispuesto en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE 236, de 2 de
octubre de 2015), y particularmente en lo que se refiere al capítulo VI «De los
Convenios», así como a cualquier otra ley o normativa vigente que fuere aplicable, como
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE 236, de 2 de octubre de 2015).
Duodécima.
Resolución de conflictos.
Para la resolución de controversias sobre la interpretación ejecución del Convenio, a
falta de acuerdo, habrá de acudirse a la jurisdicción contencioso-administrativa y ello en
virtud de lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Una vez resuelto el Convenio, las partes procederán a la liquidación de las
actuaciones no ejecutas en los términos previstos en el artículo 52.2 de Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2020-10361
Verificable en https://www.boe.es
En testimonio de conformidad con lo expresado, se suscribe por duplicado, y a un
solo efecto, el presente Convenio en el lugar y fecha al principio indicados.–La
Presidenta del Consell Insular de Menorca, Susana Irene Mora Humbert.–El Director del
Instituto Geológico y Minero de España, O.A, M.P., por suplencia [artículo 13.1.h) Real
Decreto 1953/2000, de 1 de diciembre], la Secretaria General, Isabel Suárez Díaz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 240
Martes 8 de septiembre de 2020
Sec. III. Pág. 75502
Décima. Forma de ingreso.
El ingreso de las cantidades comprometidas por el CIM (32.175,00 €), serán
efectuadas en el Banco de España de la calle Alcalá, n.º 50, en la
cuenta 9000.0001.20.0200007450 a nombre del Instituto Geológico y Minero de España,
mediante el siguiente calendario de pagos:
a) Año 2020, una aportación anual por importe de diez mil ochocientos setenta y
cinco euros (10.875,00 €), en el mes de septiembre.
b) Año 2021, una aportación anual por importe de veintiún mil trescientos euros
(21.300,00 €) en el mes de septiembre.
Undécima.
Régimen jurídico.
Este Convenio queda sometido al cumplimiento de todo lo dispuesto en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE 236, de 2 de
octubre de 2015), y particularmente en lo que se refiere al capítulo VI «De los
Convenios», así como a cualquier otra ley o normativa vigente que fuere aplicable, como
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE 236, de 2 de octubre de 2015).
Duodécima.
Resolución de conflictos.
Para la resolución de controversias sobre la interpretación ejecución del Convenio, a
falta de acuerdo, habrá de acudirse a la jurisdicción contencioso-administrativa y ello en
virtud de lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Una vez resuelto el Convenio, las partes procederán a la liquidación de las
actuaciones no ejecutas en los términos previstos en el artículo 52.2 de Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2020-10361
Verificable en https://www.boe.es
En testimonio de conformidad con lo expresado, se suscribe por duplicado, y a un
solo efecto, el presente Convenio en el lugar y fecha al principio indicados.–La
Presidenta del Consell Insular de Menorca, Susana Irene Mora Humbert.–El Director del
Instituto Geológico y Minero de España, O.A, M.P., por suplencia [artículo 13.1.h) Real
Decreto 1953/2000, de 1 de diciembre], la Secretaria General, Isabel Suárez Díaz.
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