III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Fondo de apoyo para la promoción y desarrollo de infraestructuras y servicios del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia. Cuentas anuales. (BOE-A-2020-10360)
Resolución de 20 de agosto de 2020, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publican las cuentas anuales del Fondo de apoyo para la promoción y desarrollo de infraestructuras y servicios del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 8 de septiembre de 2020
Sec. III. Pág. 75477
MEMORIA DEL FONDO DE APOYO PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE
INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS DEL SISTEMA DE AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA
DEPENDENCIA Y DE LOS SERVICIOS SOCIALES, F.C.P.J.
EJERCICIO 2019
1.- Organización y actividad.
La Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para
2009 establece en su Disposición Adicional Sexagésima Primera la creación, con
una dotación para el ejercicio 2009 de 17.000.000 euros, del Fondo de apoyo para
la promoción y desarrollo de infraestructuras y servicios del Sistema de
Autonomía y Atención a la Dependencia, que tiene por objeto prestar apoyo
financiero a las empresas que lleven a cabo dicha actividad. Dicho Fondo se integra
dentro de la entidad aportante, Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
El apartado tercero de dicha disposición adicional establece que mediante
convenio entre el Ministerio de Economía y Hacienda, el Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad y la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales
(SEPI) se establecerá el procedimiento y condiciones aplicables a la gestión del
Fondo, así como los criterios y procedimientos de selección, concesión y control
de la financiación a otorgar por el Fondo. En aplicación de esta disposición
adicional, el día 31 de julio de 2009 se firmó el Convenio entre ambos Ministerios
y SEPI.
De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula segunda del referido Convenio, SEPI se
comprometió a realizar la gestión del Fondo, en los términos y condiciones
establecidos en el mismo, pudiéndose realizar esta gestión, bien directamente, o
bien mediante la oportuna encomienda de gestión a alguna de sus sociedades
instrumentales que, por su objeto social, estructura y medios, resulte adecuada
para este cometido.
SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL S.A., S.M.E., (SEPIDES), es una sociedad
especializada en la promoción empresarial, la gestión de Fondos con el mismo fin
y la promoción inmobiliaria siendo su único accionista SEPI.
Por las características de SEPIDES indicadas, SEPI encomendó a SEPIDES realizar
la gestión del Fondo en los términos y condiciones establecidos en el Convenio
antes citado y para ello se firmó el 31 de julio de 2009 una adenda a la encomienda
de gestión en vigor de SEPI a SEPIDES para el desarrollo por esta última de
actividades de promoción y gestión de inversiones, entre otras actuaciones.
El apoyo financiero del Fondo a las empresas del sector se prestará a través de
SEPIDES en forma de préstamos participativos, créditos a largo plazo o cualquier
otra fórmula de financiación reconocida para el desarrollo de esta actividad.
En todas las actuaciones relativas a este Fondo, SEPIDES actúa en nombre propio
y por cuenta del citado Fondo. De igual manera, SEPIDES, como entidad gestora,
actúa como depositaria de los contratos representativos de las operaciones
realizadas con cargo al Fondo. Todas las operaciones efectuadas son registradas
en una contabilidad específica separada e independiente de la entidad gestora, de
acuerdo con lo establecido en la Ley General Presupuestaria.
cve: BOE-A-2020-10360
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 240
Martes 8 de septiembre de 2020
Sec. III. Pág. 75477
MEMORIA DEL FONDO DE APOYO PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE
INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS DEL SISTEMA DE AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA
DEPENDENCIA Y DE LOS SERVICIOS SOCIALES, F.C.P.J.
EJERCICIO 2019
1.- Organización y actividad.
La Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para
2009 establece en su Disposición Adicional Sexagésima Primera la creación, con
una dotación para el ejercicio 2009 de 17.000.000 euros, del Fondo de apoyo para
la promoción y desarrollo de infraestructuras y servicios del Sistema de
Autonomía y Atención a la Dependencia, que tiene por objeto prestar apoyo
financiero a las empresas que lleven a cabo dicha actividad. Dicho Fondo se integra
dentro de la entidad aportante, Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
El apartado tercero de dicha disposición adicional establece que mediante
convenio entre el Ministerio de Economía y Hacienda, el Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad y la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales
(SEPI) se establecerá el procedimiento y condiciones aplicables a la gestión del
Fondo, así como los criterios y procedimientos de selección, concesión y control
de la financiación a otorgar por el Fondo. En aplicación de esta disposición
adicional, el día 31 de julio de 2009 se firmó el Convenio entre ambos Ministerios
y SEPI.
De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula segunda del referido Convenio, SEPI se
comprometió a realizar la gestión del Fondo, en los términos y condiciones
establecidos en el mismo, pudiéndose realizar esta gestión, bien directamente, o
bien mediante la oportuna encomienda de gestión a alguna de sus sociedades
instrumentales que, por su objeto social, estructura y medios, resulte adecuada
para este cometido.
SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL S.A., S.M.E., (SEPIDES), es una sociedad
especializada en la promoción empresarial, la gestión de Fondos con el mismo fin
y la promoción inmobiliaria siendo su único accionista SEPI.
Por las características de SEPIDES indicadas, SEPI encomendó a SEPIDES realizar
la gestión del Fondo en los términos y condiciones establecidos en el Convenio
antes citado y para ello se firmó el 31 de julio de 2009 una adenda a la encomienda
de gestión en vigor de SEPI a SEPIDES para el desarrollo por esta última de
actividades de promoción y gestión de inversiones, entre otras actuaciones.
El apoyo financiero del Fondo a las empresas del sector se prestará a través de
SEPIDES en forma de préstamos participativos, créditos a largo plazo o cualquier
otra fórmula de financiación reconocida para el desarrollo de esta actividad.
En todas las actuaciones relativas a este Fondo, SEPIDES actúa en nombre propio
y por cuenta del citado Fondo. De igual manera, SEPIDES, como entidad gestora,
actúa como depositaria de los contratos representativos de las operaciones
realizadas con cargo al Fondo. Todas las operaciones efectuadas son registradas
en una contabilidad específica separada e independiente de la entidad gestora, de
acuerdo con lo establecido en la Ley General Presupuestaria.
cve: BOE-A-2020-10360
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 240