Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2025-8623)
Resolución de 15 de abril de 2025, del Instituto Geográfico Nacional, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio entre el Consejo Superior Geográfico y la Ciudad de Melilla, por el que la Ciudad de Melilla se integra en el Sistema Cartográfico Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 104
Miércoles 30 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 58416
EXPONEN
Primero.
Que la Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo Superior
Geográfico, y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería de
Infraestructuras, Urbanismo y Deporte (actual Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento), firmaron un convenio para la integración efectiva de la
Ciudad Autónoma de Melilla en el Sistema Cartográfico Nacional y para establecer un conjunto
de actuaciones de colaboración con la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional para
la producción, actualización e intercambio de información geográfica en el ámbito de la Ciudad
Autónoma, cuya vigencia comenzó el día 21 de abril de 2021.
Segundo.
Que en la cláusula sexta de dicho convenio se establece que su vigencia será de
cuatro años prorrogables, por acuerdo unánime de los firmantes formalizado en la
correspondiente adenda, por otro periodo adicional de cuatro años.
Tercero.
Que las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suscriben la
presente adenda de prórroga del convenio con el fin de dar continuidad a las actuaciones
objeto de este.
De acuerdo con lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Las partes firmantes acuerdan prorrogar el convenio al que se ha hecho referencia
en el expositivo primero anterior, por un periodo de cuatro años adicionales, con el fin de
dar continuidad a la colaboración objeto de dicho convenio.
Segunda.
Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes en virtud del convenio prorrogado
continuarán vigentes hasta la finalización del plazo pactado en la presente adenda.
Tercera.
De conformidad con lo expresado y expuesta la vinculación con el Convenio entre la
Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo Superior
Geográfico, y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la
Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, por el que la Ciudad Autónoma de
Melilla se integra en el Sistema Cartográfico Nacional, firman esta adenda en el lugar y
fecha indicada.–Por el Por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible el
Subsecretario, Rafael Guerra Posadas.–Por la Ciudad Autónoma de Melilla el Consejero
de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, Miguel Marín
Cobos.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-8623
Verificable en https://www.boe.es
Esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y producirá efectos con su
inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del Sector Público Estatal que se llevará a cabo, en todo caso, antes de la fecha de
extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Núm. 104
Miércoles 30 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 58416
EXPONEN
Primero.
Que la Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo Superior
Geográfico, y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería de
Infraestructuras, Urbanismo y Deporte (actual Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento), firmaron un convenio para la integración efectiva de la
Ciudad Autónoma de Melilla en el Sistema Cartográfico Nacional y para establecer un conjunto
de actuaciones de colaboración con la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional para
la producción, actualización e intercambio de información geográfica en el ámbito de la Ciudad
Autónoma, cuya vigencia comenzó el día 21 de abril de 2021.
Segundo.
Que en la cláusula sexta de dicho convenio se establece que su vigencia será de
cuatro años prorrogables, por acuerdo unánime de los firmantes formalizado en la
correspondiente adenda, por otro periodo adicional de cuatro años.
Tercero.
Que las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suscriben la
presente adenda de prórroga del convenio con el fin de dar continuidad a las actuaciones
objeto de este.
De acuerdo con lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Las partes firmantes acuerdan prorrogar el convenio al que se ha hecho referencia
en el expositivo primero anterior, por un periodo de cuatro años adicionales, con el fin de
dar continuidad a la colaboración objeto de dicho convenio.
Segunda.
Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes en virtud del convenio prorrogado
continuarán vigentes hasta la finalización del plazo pactado en la presente adenda.
Tercera.
De conformidad con lo expresado y expuesta la vinculación con el Convenio entre la
Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo Superior
Geográfico, y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la
Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, por el que la Ciudad Autónoma de
Melilla se integra en el Sistema Cartográfico Nacional, firman esta adenda en el lugar y
fecha indicada.–Por el Por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible el
Subsecretario, Rafael Guerra Posadas.–Por la Ciudad Autónoma de Melilla el Consejero
de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, Miguel Marín
Cobos.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-8623
Verificable en https://www.boe.es
Esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y producirá efectos con su
inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del Sector Público Estatal que se llevará a cabo, en todo caso, antes de la fecha de
extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».