Ministerio Del Interior. I. Disposiciones generales. Emergencia de interés nacional. (BOE-A-2025-8648)
Orden INT/411/2025, de 30 de abril, por la que se declara el cese de los efectos de la Orden INT/399/2025, de 28 de abril, por la que se declara la emergencia de interés nacional en el territorio de diversas comunidades autónomas como consecuencia de la interrupción del suministro eléctrico acaecida el 28 de abril de 2025, en las Comunidades Autónomas de Extremadura y Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105
Jueves 1 de mayo de 2025
Sec. I. Pág. 58593
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DEL INTERIOR
8648
Orden INT/411/2025, de 30 de abril, por la que se declara el cese de los
efectos de la Orden INT/399/2025, de 28 de abril, por la que se declara la
emergencia de interés nacional en el territorio de diversas comunidades
autónomas como consecuencia de la interrupción del suministro eléctrico
acaecida el 28 de abril de 2025, en las Comunidades Autónomas de
Extremadura y Madrid.
Mediante la Orden INT/399/2025, de 28 de abril, por la que se declara la emergencia
de interés nacional en el territorio de diversas comunidades autónomas como
consecuencia de la interrupción del suministro eléctrico acaecida el 28 de abril de 2025,
y la Orden INT/400/2025, de 28 de abril, por la que se amplía el ámbito territorial de
aquélla, se declaró la emergencia de interés nacional en el territorio de las Comunidades
Autónomas de Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid,
Murcia y Comunitat Valenciana, a solicitud de éstas, como consecuencia de la
interrupción del suministro eléctrico acaecida en esa misma fecha, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 28 a 30 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional
de Protección Civil.
A su vez, la Orden INT/409/2025, de 29 de abril, ha declarado el cese de los efectos
de la Orden INT/399/2025, de 28 de abril, en las Comunidades Autónomas de Andalucía,
Castilla-La Mancha, Galicia, La Rioja, Murcia y Comunitat Valenciana, a solicitud expresa
de estas, dado que se había restablecido la normalidad.
Las dos únicas comunidades autónomas que mantienen ese nivel máximo de
emergencia, Extremadura y Madrid, han manifestado expresamente, mediante
comunicación al Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias
(CENEM), que la situación de ambas regiones en este momento es de plena normalidad
en la prestación de los servicios públicos.
En base a dichas comunicaciones, se infiere claramente que no se dan las
circunstancias para mantener el nivel 3 de emergencia en materia de protección civil en
el ámbito territorial de las referidas comunidades autónomas, por lo que debe procederse
a dejar sin efectos la referida declaración de emergencia de interés nacional.
En su virtud, acuerdo:
Primero.
Se declara el cese de los efectos de la Orden INT/399/2025, de 28 de abril, por la
que se declara la emergencia de interés nacional en el territorio de diversas
comunidades autónomas como consecuencia de la interrupción del suministro eléctrico
acaecida el 28 de abril de 2025, en las Comunidades Autónomas de Extremadura y
Madrid.
Esta orden surtirá efectos desde el momento en que se acuerda y se comunicará a
los órganos competentes de las comunidades autónomas afectadas.
Sin perjuicio de lo anterior, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» para
general conocimiento.
Madrid, 30 de abril de 2025.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska
Gómez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-8648
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 105
Jueves 1 de mayo de 2025
Sec. I. Pág. 58593
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DEL INTERIOR
8648
Orden INT/411/2025, de 30 de abril, por la que se declara el cese de los
efectos de la Orden INT/399/2025, de 28 de abril, por la que se declara la
emergencia de interés nacional en el territorio de diversas comunidades
autónomas como consecuencia de la interrupción del suministro eléctrico
acaecida el 28 de abril de 2025, en las Comunidades Autónomas de
Extremadura y Madrid.
Mediante la Orden INT/399/2025, de 28 de abril, por la que se declara la emergencia
de interés nacional en el territorio de diversas comunidades autónomas como
consecuencia de la interrupción del suministro eléctrico acaecida el 28 de abril de 2025,
y la Orden INT/400/2025, de 28 de abril, por la que se amplía el ámbito territorial de
aquélla, se declaró la emergencia de interés nacional en el territorio de las Comunidades
Autónomas de Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid,
Murcia y Comunitat Valenciana, a solicitud de éstas, como consecuencia de la
interrupción del suministro eléctrico acaecida en esa misma fecha, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 28 a 30 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional
de Protección Civil.
A su vez, la Orden INT/409/2025, de 29 de abril, ha declarado el cese de los efectos
de la Orden INT/399/2025, de 28 de abril, en las Comunidades Autónomas de Andalucía,
Castilla-La Mancha, Galicia, La Rioja, Murcia y Comunitat Valenciana, a solicitud expresa
de estas, dado que se había restablecido la normalidad.
Las dos únicas comunidades autónomas que mantienen ese nivel máximo de
emergencia, Extremadura y Madrid, han manifestado expresamente, mediante
comunicación al Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias
(CENEM), que la situación de ambas regiones en este momento es de plena normalidad
en la prestación de los servicios públicos.
En base a dichas comunicaciones, se infiere claramente que no se dan las
circunstancias para mantener el nivel 3 de emergencia en materia de protección civil en
el ámbito territorial de las referidas comunidades autónomas, por lo que debe procederse
a dejar sin efectos la referida declaración de emergencia de interés nacional.
En su virtud, acuerdo:
Primero.
Se declara el cese de los efectos de la Orden INT/399/2025, de 28 de abril, por la
que se declara la emergencia de interés nacional en el territorio de diversas
comunidades autónomas como consecuencia de la interrupción del suministro eléctrico
acaecida el 28 de abril de 2025, en las Comunidades Autónomas de Extremadura y
Madrid.
Esta orden surtirá efectos desde el momento en que se acuerda y se comunicará a
los órganos competentes de las comunidades autónomas afectadas.
Sin perjuicio de lo anterior, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» para
general conocimiento.
Madrid, 30 de abril de 2025.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska
Gómez.
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cve: BOE-A-2025-8648
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Segundo.