Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-8771)
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106

Viernes 2 de mayo de 2025

Sec. II.B. Pág. 59616

Será causa de exclusión, además de las que se indican en otros apartados de estas
bases:
– No haber adjuntado la copia completa del DNI, NIE y una copia del documento que
acredite su nacionalidad, o que este resulte ilegible.
3.4.2 En el supuesto de acogerse a la exención o bonificación de tasas, se deberá
adjuntar la justificación por la que se acogen a la exención o bonificación (apartado 3.6
de esta convocatoria).
3.4.3 Aquellas personas aspirantes que soliciten medidas de adaptación deberán
adjuntar, además del certificado de discapacidad, el dictamen técnico facultativo
correspondiente, conforme a la base 3.7 de esta convocatoria.
3.5 El ingreso del importe de los derechos de examen (13,50 euros) se realizará
mediante tarjeta bancaria dentro del plazo de presentación de solicitudes de
participación y siguiendo las instrucciones del formulario de presentación de solicitudes.
A dicho importe ya se le ha aplicado la bonificación del 10 % por presentación
telemática de la solicitud de participación establecida en el artículo 18.1.6 de la
Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de Tasas.
3.6 De acuerdo con lo que dispone el texto refundido de la Ley de Tasas de la
Generalitat Valenciana, se aplicarán las siguientes exenciones o bonificaciones en
el pago de los derechos de examen:
3.6.1

Estarán exentas del pago de los derechos de examen:

– Las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 %. Estas
personas deberán adjuntar al formulario electrónico los certificados correspondientes que
acrediten la condición de personas con discapacidad (certificado de la Conselleria de
Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda u órgano competente).
– Los miembros de familias numerosas y de familias monoparentales de categoría
especial. Estas personas deberán adjuntar al formulario electrónico la documentación
oficial en vigor que acredite dicha condición.
– Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición
mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en los artículos 9.1 y 9.2 de la
Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre
la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
– Las personas aspirantes que estén en situación de exclusión social. Estas
personas deberán adjuntar al formulario electrónico la documentación oficial en vigor que
acredite dicha condición, expedido por el órgano competente en materia de bienestar
social del ayuntamiento de residencia.
3.6.2
examen:

Disfrutarán de una bonificación del 50 % en el pago de los derechos de

3.7 Las personas aspirantes con discapacidad que deseen solicitar medidas de
adaptación deberán indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la
solicitud de participación. Asimismo, deberán señalar también la medida o las medidas
de adaptación requeridas.
En el anexo VI figura la lista de medidas de adaptación posibles. Para que les sea
aplicada la medida de adaptación correspondiente deberán adjuntar a la solicitud de
participación los certificados del grado de discapacidad y el dictamen técnico facultativo
expedido por el órgano competente.

cve: BOE-A-2025-8771
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Los miembros de familias numerosas y familias monoparentales de categoría
general. Estas personas deberán adjuntar al formulario electrónico la documentación
oficial en vigor que acredite la citada condición.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse
exento/a del pago determinará la exclusión de la persona aspirante.