Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-8783)
Resolución de 22 de abril de 2025, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica el Convenio con la Fundación CajaCanarias y la Fundación Bancaria «la Caixa», para el desarrollo de un «Programa de Soporte Técnico y Administrativo en las Instalaciones y Observatorios del IAC».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106

Viernes 2 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 59766

Durante la reunión de constitución de esta Comisión, se procederá a la designación
de la persona que asumirá la Presidencia. Del mismo modo, se designará a un
representante de las otras partes para ocupar el cargo de Secretaría.
La Comisión se reunirá, presencial o telemáticamente, al menos una vez al año en
sesión ordinaria y, en sesión extraordinaria, cuantas veces lo requiera una de las Partes.
Los posibles acuerdos se adoptarán por unanimidad.
Cualquier diferencia entre las partes que resulte de la interpretación o aplicación de
este convenio será remitida a los representantes legales de las partes firmantes, quienes
intentarán encontrar una decisión aceptable para todas ellas.
El funcionamiento de la Comisión, en todos los asuntos no previstos por este
convenio, se regirá por las normas establecidas para el funcionamiento de los órganos
colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros de la comisión darán cuenta del resultado de su gestión a las
respectivas instituciones.
Quinta.

Justificación de la aportación y auditoría.

El IAC deberá aportar la documentación precisa para verificar la ejecución del
Programa y la correcta aplicación de la aportación económica.
El IAC pondrá a disposición de la Fundación CajaCanarias y la Fundación «la Caixa»
la documentación económica relativa el Programa en el que colaboran ambas
Fundaciones.
El IAC autoriza a la Fundación CajaCanarias y a la Fundación «la Caixa», así como a
las empresas o firmas especializadas por ella contratadas a realizar auditorías en los
locales de la Entidad para verificar la correcta aplicación de los fondos percibidos, y el
cumplimiento de las actividades previstas en el Programa.
Sexta.

Confidencialidad.

Las partes se obligan a no difundir a terceros y a guardar el más absoluto secreto de
toda la información y todos los datos a que tengan acceso, en su caso, en cumplimiento
de este convenio y a suministrarlos únicamente a personal autorizado por las partes. Las
Partes únicamente tendrán acceso solamente a la información y a los datos que sean
necesarios para llevar a cabo la ejecución de este convenio.

El IAC previo consenso con la Fundación CajaCanarias y a la Fundación «la Caixa»,
se compromete a difundir la colaboración de éstas en los documentos, soportes gráficos,
audiovisuales, publicitarios y actos de difusión de las actividades realizadas con cargo a
la dotación efectuada por éstas, y en su Memoria Anual y página web. La Fundación
CajaCanarias y la Fundación «la Caixa», deberán aprobar previamente, en su caso, la
utilización de su imagen corporativa y el uso de sus signos distintivos, así como el
alcance de su posible participación en actos o actividades de carácter público (ruedas de
prensa, acto público de firma, etc.).
Por su parte, la Fundación CajaCanarias y la Fundación «la Caixa», podrán realizar
la difusión que estimen por conveniente de la colaboración establecida mediante este
convenio, previa aprobación del IAC en lo que se refiere al correcto uso de su imagen
corporativa y el uso de sus signos distintivos.
Octava.

Tratamiento de datos de carácter personal.

8.1 Los datos personales de los intervinientes y, en su caso, de los empleados/
colaboradores que actúen por cuenta de cada una de las Partes serán tratados por la
otra Parte con la finalidad de gestionar la relación de colaboración, siendo la base del
tratamiento el cumplimiento de dicha relación.

cve: BOE-A-2025-8783
Verificable en https://www.boe.es

Séptima. Difusión.