Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2025-8821)
Resolución de 14 de abril de 2025, del Instituto Geográfico Nacional, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con la Comunidad Autónoma de Cantabria, por el que la comunidad autónoma se integra en el Sistema Cartográfico Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107
Sábado 3 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59853
Reconociéndose ambos capacidad jurídica suficiente, suscriben la presente adenda
de prórroga y, al efecto
EXPONEN
Primero.
Que la Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo
Superior Geográfico, y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a
través de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo (actual
Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente), firmaron
un Convenio para la integración efectiva de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el
Sistema Cartográfico Nacional y para establecer un conjunto de actuaciones de
colaboración con la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional para la
producción, actualización e intercambio de información geográfica en el ámbito de la
comunidad autónoma, cuya vigencia comenzó el día 23 de abril de 2021.
Segundo.
Que en la cláusula sexta de dicho convenio se establece que su vigencia será de
cuatro años prorrogables, por acuerdo unánime de los firmantes formalizado en la
correspondiente adenda, por otro periodo adicional de cuatro años.
Tercero.
Que las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suscriben la
presente adenda de prórroga del convenio con el fin de dar continuidad a las actuaciones
objeto de este.
De acuerdo con lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Las partes firmantes acuerdan prorrogar el convenio al que se ha hecho referencia
en el expositivo primero anterior, por un periodo de cuatro años adicionales, con el fin de
dar continuidad a la colaboración objeto de dicho convenio.
Segunda.
Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes en virtud del convenio prorrogado
continuarán vigentes hasta la finalización del plazo pactado en la presente adenda.
Esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y producirá efectos con su
inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del Sector Público Estatal que se llevará a cabo, en todo caso, antes de la fecha de
extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
De conformidad con lo expresado y expuesta la vinculación con el Convenio entre la
Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo Superior
Geográfico, y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a través de la
Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo, por el que la
Comunidad Autónoma de Cantabria se integra en el Sistema Cartográfico Nacional,
cve: BOE-A-2025-8821
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 107
Sábado 3 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59853
Reconociéndose ambos capacidad jurídica suficiente, suscriben la presente adenda
de prórroga y, al efecto
EXPONEN
Primero.
Que la Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo
Superior Geográfico, y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a
través de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo (actual
Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente), firmaron
un Convenio para la integración efectiva de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el
Sistema Cartográfico Nacional y para establecer un conjunto de actuaciones de
colaboración con la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional para la
producción, actualización e intercambio de información geográfica en el ámbito de la
comunidad autónoma, cuya vigencia comenzó el día 23 de abril de 2021.
Segundo.
Que en la cláusula sexta de dicho convenio se establece que su vigencia será de
cuatro años prorrogables, por acuerdo unánime de los firmantes formalizado en la
correspondiente adenda, por otro periodo adicional de cuatro años.
Tercero.
Que las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suscriben la
presente adenda de prórroga del convenio con el fin de dar continuidad a las actuaciones
objeto de este.
De acuerdo con lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Las partes firmantes acuerdan prorrogar el convenio al que se ha hecho referencia
en el expositivo primero anterior, por un periodo de cuatro años adicionales, con el fin de
dar continuidad a la colaboración objeto de dicho convenio.
Segunda.
Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes en virtud del convenio prorrogado
continuarán vigentes hasta la finalización del plazo pactado en la presente adenda.
Esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y producirá efectos con su
inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del Sector Público Estatal que se llevará a cabo, en todo caso, antes de la fecha de
extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
De conformidad con lo expresado y expuesta la vinculación con el Convenio entre la
Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo Superior
Geográfico, y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a través de la
Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo, por el que la
Comunidad Autónoma de Cantabria se integra en el Sistema Cartográfico Nacional,
cve: BOE-A-2025-8821
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.