Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-10194)
Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico FV Ekienea de 125,9 MWp y 107,6 MWn, ubicado en el término municipal de Armiñón, y su infraestructura de evacuación en la provincia de Álava».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 68150
kuhlii. Otros mamíferos detectados son la nutria paleártica (Lutra lutra), el corzo
(Capreolus capreolus) y el jabalí (Sus scrofa).
El promotor propone una serie de medidas a fin de mitigar las afecciones sobre la
fauna en general durante la fase de construcción, entre las que figura el jalonamiento
perimetral del área de actuación de las obras, evitar efectuar los movimientos de tierras y
la apertura de zanjas durante de la época de nidificación y cría de especies sensibles e
instalar un vallado perimetral permeable, entre otras. Antes de iniciar los movimientos de
tierras se realizarán unas nuevas prospecciones de fauna localizando, protegiendo, y en
su caso retirando las especies de escasa movilidad.
Como medidas concretas para la avifauna, durante las obras, se respetarán las
épocas de nidificación de especies como el aguilucho pálido y el aguilucho lagunero y se
realizará la vigilancia de la posible presencia de nidos. Se permitirá el crecimiento
controlado de la vegetación y se crearán micropasos de fauna en el vallado para permitir
la proliferación de pequeños vertebrados de los que se alimentan las aves rapaces. Se
evitará el tránsito de maquinaria fuera de los caminos y a una velocidad mayor a 30
km/h. Se evitará la realización de las obras durante el periodo de cría y reproducción de
la avifauna (marzo-junio) y durante el periodo de concentración en dormideros invernales
de aguilucho lagunero occidental (noviembre-febrero). En caso de que las obras tengan
que realizarse durante los periodos anteriormente establecidos, un técnico especialista
deberá prospectar la zona de obras en un entorno de 1 km, y balizar aquellas zonas de
mayor sensibilidad por la presencia de aves nidificantes catalogadas o de especial
interés, en las que no deberán ejecutarse obras.
Con respecto a la LAT, se estará a lo establecido en la normativa vigente de
protección de avifauna. Los vanos que necesariamente deban atravesar cauces fluviales,
zonas húmedas, pasos de cresta muy acentuados o que contengan tramos de vuelo alto
sobre áreas de valle, estarán señalizados mediante balizas salvapájaros. Los hilos de
tierra se señalizarán mediante balizas salvapájaros de al menos 30 cm dispuestas en los
cables de manera que generen un efecto visual equivalente a una señal cada 10 m como
máximo (cada 10 m, si el cable de tierra es único, o alternativamente cada 20 m en los
dos cables de tierra, si presentase dos hilos). Según el EsIA, el modelo de salvapájaros
recomendado es el de balanceo, y en su defecto se recomienda el uso de espirales, de
color no degradable al ultravioleta pero con contraste.
En época de nidificación, reproducción y crianza, quedarán prohibidos los trabajos de
mantenimiento de las partes de los tendidos eléctricos que soporten nidos o que en sus
proximidades nidifiquen aves incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen
de Protección Especial. Excepcionalmente, se autorizará la realización de reparaciones
en la época de nidificación, reproducción y crianza, siempre que se trate de corregir
averías que perturben el normal suministro de energía. Estas reparaciones habrán de
realizarse previa notificación al órgano competente de la comunidad autónoma.
Como medidas respecto a la herpetofauna, se hace referencia a las modificaciones
realizadas al diseño de la planta, bandas protectoras introducidas en el condicionado de
la declaración ambiental estratégica del Plan Especial. El promotor propone la
naturalización de la franja entre la laguna de Lacorzana y el río Zadorra mediante la
plantación de especies arbustivas autóctonas. Además, propone la creación de tres
charcas estacionales satélite en el entorno de la Laguna de Lacorzana, en la banda
establecida como corredor ecológico, que podrían ser aptas para el sapo corredor o el
sapillo moteado (Pelodytes hespericus), y servirán como áreas de conexión entre
microhumedales. Asimismo, está prevista la construcción de refugios para herpetofauna
mediante acúmulos superficiales de piedras, troncos y bancales de arena, orientados
particularmente a la preservación del sapo de espuelas, si bien, resultan igualmente
útiles como refugio para otras especies.
En cuanto a medidas sobre los quirópteros, plantea la instalación de cajas nido para
quirópteros que permitan ser ocupadas por al menos las especies detectadas en la zona
y el seguimiento de su ocupación.
cve: BOE-A-2025-10194
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 123
Jueves 22 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 68150
kuhlii. Otros mamíferos detectados son la nutria paleártica (Lutra lutra), el corzo
(Capreolus capreolus) y el jabalí (Sus scrofa).
El promotor propone una serie de medidas a fin de mitigar las afecciones sobre la
fauna en general durante la fase de construcción, entre las que figura el jalonamiento
perimetral del área de actuación de las obras, evitar efectuar los movimientos de tierras y
la apertura de zanjas durante de la época de nidificación y cría de especies sensibles e
instalar un vallado perimetral permeable, entre otras. Antes de iniciar los movimientos de
tierras se realizarán unas nuevas prospecciones de fauna localizando, protegiendo, y en
su caso retirando las especies de escasa movilidad.
Como medidas concretas para la avifauna, durante las obras, se respetarán las
épocas de nidificación de especies como el aguilucho pálido y el aguilucho lagunero y se
realizará la vigilancia de la posible presencia de nidos. Se permitirá el crecimiento
controlado de la vegetación y se crearán micropasos de fauna en el vallado para permitir
la proliferación de pequeños vertebrados de los que se alimentan las aves rapaces. Se
evitará el tránsito de maquinaria fuera de los caminos y a una velocidad mayor a 30
km/h. Se evitará la realización de las obras durante el periodo de cría y reproducción de
la avifauna (marzo-junio) y durante el periodo de concentración en dormideros invernales
de aguilucho lagunero occidental (noviembre-febrero). En caso de que las obras tengan
que realizarse durante los periodos anteriormente establecidos, un técnico especialista
deberá prospectar la zona de obras en un entorno de 1 km, y balizar aquellas zonas de
mayor sensibilidad por la presencia de aves nidificantes catalogadas o de especial
interés, en las que no deberán ejecutarse obras.
Con respecto a la LAT, se estará a lo establecido en la normativa vigente de
protección de avifauna. Los vanos que necesariamente deban atravesar cauces fluviales,
zonas húmedas, pasos de cresta muy acentuados o que contengan tramos de vuelo alto
sobre áreas de valle, estarán señalizados mediante balizas salvapájaros. Los hilos de
tierra se señalizarán mediante balizas salvapájaros de al menos 30 cm dispuestas en los
cables de manera que generen un efecto visual equivalente a una señal cada 10 m como
máximo (cada 10 m, si el cable de tierra es único, o alternativamente cada 20 m en los
dos cables de tierra, si presentase dos hilos). Según el EsIA, el modelo de salvapájaros
recomendado es el de balanceo, y en su defecto se recomienda el uso de espirales, de
color no degradable al ultravioleta pero con contraste.
En época de nidificación, reproducción y crianza, quedarán prohibidos los trabajos de
mantenimiento de las partes de los tendidos eléctricos que soporten nidos o que en sus
proximidades nidifiquen aves incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen
de Protección Especial. Excepcionalmente, se autorizará la realización de reparaciones
en la época de nidificación, reproducción y crianza, siempre que se trate de corregir
averías que perturben el normal suministro de energía. Estas reparaciones habrán de
realizarse previa notificación al órgano competente de la comunidad autónoma.
Como medidas respecto a la herpetofauna, se hace referencia a las modificaciones
realizadas al diseño de la planta, bandas protectoras introducidas en el condicionado de
la declaración ambiental estratégica del Plan Especial. El promotor propone la
naturalización de la franja entre la laguna de Lacorzana y el río Zadorra mediante la
plantación de especies arbustivas autóctonas. Además, propone la creación de tres
charcas estacionales satélite en el entorno de la Laguna de Lacorzana, en la banda
establecida como corredor ecológico, que podrían ser aptas para el sapo corredor o el
sapillo moteado (Pelodytes hespericus), y servirán como áreas de conexión entre
microhumedales. Asimismo, está prevista la construcción de refugios para herpetofauna
mediante acúmulos superficiales de piedras, troncos y bancales de arena, orientados
particularmente a la preservación del sapo de espuelas, si bien, resultan igualmente
útiles como refugio para otras especies.
En cuanto a medidas sobre los quirópteros, plantea la instalación de cajas nido para
quirópteros que permitan ser ocupadas por al menos las especies detectadas en la zona
y el seguimiento de su ocupación.
cve: BOE-A-2025-10194
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 123