Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Convenios. (BOE-B-2025-18651)
Anuncio de la Autoridad Portuaria de Barcelona por el que se hace público el otorgamiento de una concesión a favor de la agrupación de interés económico Jetty 31s, A.I.E. situada en la alineación 31-B del puerto de Barcelona. Exp. 081/2024-SGSJC.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Viernes 23 de mayo de 2025

Sec. V-B. Pág. 28407

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

18651

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Barcelona por el que se hace
público el otorgamiento de una concesión a favor de la agrupación de
interés económico Jetty 31s, A.I.E. situada en la alineación 31-B del
puerto de Barcelona. Exp. 081/2024-SGSJC.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Barcelona, en su
sesión celebrada en fecha 30 de abril de 2025, de conformidad con la propuesta
de la Dirección General y en el ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo
30.5.n) y s) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante (TRLPEMM), acordó aprobar el otorgamiento de una concesión a favor
de la agrupación de interés económico Jetty 31s, A.I.E. La concesión está
destinada a la instalación y explotación de dos nuevos cargaderos marítimos en la
alineación 31-B del puerto de Barcelona que se utilizarán para el trasvase de
productos como gasóleos, fuelóleos y biocombustibles (fundamentalmente para
operaciones de bunkering), y se regirá por las condiciones igualmente aprobadas
cuyas características son las siguientes:
Ámbito espacial: diversas superficies de terreno (1.274 m²), aérea (647 m²) y
subterránea (388 m²) situadas en los muelles de la Energía y Dársena Interior del
puerto de Barcelona.
Plazo: 10 años, contados a partir del día siguiente a la notificación del
otorgamiento de la concesión.
Tasas: Tasa de ocupación anual: 17.459,82 €. Tasa de actividad: importe
equivalente a un 20% de la tasa por ocupación.
Lo que se hace público de conformidad con el artículo 85.7 de la citada norma.
Contra este acuerdo, que tiene carácter de acto administrativo definitivo y
agota la vía administrativa, se puede interponer, de forma potestativa, recurso de
reposición ante el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de
Barcelona, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de
publicación de este anuncio, según establece el artículo 123 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.

En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso de reposición
se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Todo lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso o
reclamación que se estime procedente.

cve: BOE-B-2025-18651
Verificable en https://www.boe.es

En caso de no estimarse oportuna la interposición de dicho recurso de
reposición, puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo
ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses
contados igualmente desde el día siguiente de la publicación de este anuncio, de
acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.