Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-10310)
Acuerdo entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos relativo al nombramiento de personal (coordinador nacional) en comisión de servicio por el Gobierno de España para el Secretariado de la Coalición Local 2030 en Bilbao, hecho en Madrid y Nairobi el 2 de abril de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126
Lunes 26 de mayo de 2025
Sec. I. Pág. 68799
Artículo 19.
El presente Acuerdo entrará en vigor tras la firma por las Partes y surtirá efecto
desde la fecha de la última firma.
En fe de lo cual, los abajo firmantes, debidamente designados como representantes
del Gobierno y el funcionario nacional, firman el presente Acuerdo en dos (2) ejemplares
originales en el lugar (o lugares) y fecha (o fechas) indicadas a continuación. El presente
Acuerdo se presentará en dos idiomas –español e inglés–, considerándose ambos textos
auténticos; no obstante, a efectos jurídicos, el texto en inglés tendrá prioridad en la
interpretación.–Por parte del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, la Secretaria de Estado de Cooperación Internacional, P. D. (artículo 12
Ley 40/2015), el Director General de Políticas de Desarrollo Sostenible, Sergio Colina
Martín.–Por parte de las Naciones Unidas, Programa para los Asentamientos Humanos,
el Jefe de Gabinete, Erfan Ali.
Fecha: 2 de abril de 2025.
ANEXO A
1. Acepto la propuesta de nombramiento en comisión de servicio como coordinador
nacional en el Secretariado de la Coalición Local 2030 y comprendo, de conformidad con
el anterior Acuerdo, las siguientes condiciones:
a) Los gastos de salario, dietas, seguridad social y seguro sanitario correrán a
cargo del Ministerio; ONU-Hábitat facilitará o pagará un espacio de trabajo y
equipamiento adecuados y sufragará los gatos de los seguros médicos, de accidentes,
de repatriación y de evacuación que sean de aplicación durante el desempeño de mis
funciones en el contexto de viajes oficiales al extranjero;
b) ONU-Hábitat no será responsable de ningún gasto derivado de accidentes o
enfermedades ocurridos durante el periodo de servicio en Bilbao; en el momento de la
incorporación presentaré comprobante de mi seguro de salud;
Asumo las siguientes obligaciones respecto de la comisión de servicio:
a) observar todas las normas, reglamentos, instrucciones, procedimientos y
directrices aplicables de la Organización y atenerme a ellas en todo momento durante la
comisión de servicio;
b) abstenerme de toda conducta que pueda ser perjudicial para las Naciones
Unidas o el departamento u oficina receptora y no realizar ninguna actividad que
contradiga los propósitos y objetivos, reglas, reglamentos y normas de conducta de las
Naciones Unidas;
c) respetar la imparcialidad e independencia exigibles a las Naciones Unidas y el
departamento u oficina receptora y no pedir ni seguir instrucciones sobre los servicios
prestados de ninguna autoridad ajena a la Organización;
d) mantener la confidencialidad de toda la información no publicada que la oficina o
departamento receptor ponga en mi conocimiento durante mi tiempo de servicio y
respecto de la cual tengo conocimiento, o debería tenerlo, de que no se ha publicado; no
publicar ningún informe o documento basado en la información obtenida durante el
programa, salvo con la autorización expresa de las Naciones Unidas, tanto durante el
periodo de servicio como una vez finalizado.
e) facilitar al departamento receptor una copia de todo el material elaborado
durante mi tiempo de servicio;
cve: BOE-A-2025-10310
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 126
Lunes 26 de mayo de 2025
Sec. I. Pág. 68799
Artículo 19.
El presente Acuerdo entrará en vigor tras la firma por las Partes y surtirá efecto
desde la fecha de la última firma.
En fe de lo cual, los abajo firmantes, debidamente designados como representantes
del Gobierno y el funcionario nacional, firman el presente Acuerdo en dos (2) ejemplares
originales en el lugar (o lugares) y fecha (o fechas) indicadas a continuación. El presente
Acuerdo se presentará en dos idiomas –español e inglés–, considerándose ambos textos
auténticos; no obstante, a efectos jurídicos, el texto en inglés tendrá prioridad en la
interpretación.–Por parte del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, la Secretaria de Estado de Cooperación Internacional, P. D. (artículo 12
Ley 40/2015), el Director General de Políticas de Desarrollo Sostenible, Sergio Colina
Martín.–Por parte de las Naciones Unidas, Programa para los Asentamientos Humanos,
el Jefe de Gabinete, Erfan Ali.
Fecha: 2 de abril de 2025.
ANEXO A
1. Acepto la propuesta de nombramiento en comisión de servicio como coordinador
nacional en el Secretariado de la Coalición Local 2030 y comprendo, de conformidad con
el anterior Acuerdo, las siguientes condiciones:
a) Los gastos de salario, dietas, seguridad social y seguro sanitario correrán a
cargo del Ministerio; ONU-Hábitat facilitará o pagará un espacio de trabajo y
equipamiento adecuados y sufragará los gatos de los seguros médicos, de accidentes,
de repatriación y de evacuación que sean de aplicación durante el desempeño de mis
funciones en el contexto de viajes oficiales al extranjero;
b) ONU-Hábitat no será responsable de ningún gasto derivado de accidentes o
enfermedades ocurridos durante el periodo de servicio en Bilbao; en el momento de la
incorporación presentaré comprobante de mi seguro de salud;
Asumo las siguientes obligaciones respecto de la comisión de servicio:
a) observar todas las normas, reglamentos, instrucciones, procedimientos y
directrices aplicables de la Organización y atenerme a ellas en todo momento durante la
comisión de servicio;
b) abstenerme de toda conducta que pueda ser perjudicial para las Naciones
Unidas o el departamento u oficina receptora y no realizar ninguna actividad que
contradiga los propósitos y objetivos, reglas, reglamentos y normas de conducta de las
Naciones Unidas;
c) respetar la imparcialidad e independencia exigibles a las Naciones Unidas y el
departamento u oficina receptora y no pedir ni seguir instrucciones sobre los servicios
prestados de ninguna autoridad ajena a la Organización;
d) mantener la confidencialidad de toda la información no publicada que la oficina o
departamento receptor ponga en mi conocimiento durante mi tiempo de servicio y
respecto de la cual tengo conocimiento, o debería tenerlo, de que no se ha publicado; no
publicar ningún informe o documento basado en la información obtenida durante el
programa, salvo con la autorización expresa de las Naciones Unidas, tanto durante el
periodo de servicio como una vez finalizado.
e) facilitar al departamento receptor una copia de todo el material elaborado
durante mi tiempo de servicio;
cve: BOE-A-2025-10310
Verificable en https://www.boe.es
2.