Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10402)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA, para la financiación del curso «Cuarenta años de España en la UE. Evolución de la economía española. De la autarquía a la economía de mercado».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Lunes 26 de mayo de 2025
Segunda.

Sec. III. Pág. 69231

Compromisos asumidos por BBVA.

I. BBVA se compromete a aportar a la UIMP una ayuda económica para la
realización del Curso de treinta y dos mil novecientos cincuenta y cuatro euros con
veintiocho céntimos (32.954,28 €), que se abonará una vez que el convenio sea eficaz y
en el plazo máximo de un mes desde la finalización del Seminario, mediante
transferencia bancaria a la cuenta n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre
de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de
Madrid. BBVA no asumirá ningún pago a la UIMP por encima del citado importe. La
UIMP, una vez finalizado el Curso, remitirá a BBVA el correspondiente requerimiento de
pago, no siendo procedente el envío de una factura al no tratarse de una prestación de
servicios.
II. En el caso de que la UIMP acordara la no celebración del Curso por causa de
fuerza mayor, por la falta del número mínimo de alumnos requerido según su propia
normativa, o por cualquier otra causa justificada valorada por sus órganos de gobierno,
BBVA únicamente deberá abonar a la UIMP el importe de los gastos que ya se hubiesen
realizado y no fuera posible su cancelación, según liquidación que deberá presentar la
UIMP a BBVA, y hasta el importe máximo recogido en el párrafo anterior.
Compromisos asumidos por la UIMP.

I. Dado que la financiación que aporta BBVA cubre el total del presupuesto del
curso no será necesaria ninguna financiación por parte de la UIMP ni de ninguna otra
entidad colaboradora.
II. La UIMP, una vez recibida la aportación señalada en la cláusula segunda, emitirá
un certificado acreditando la aportación económica a fin de que BBVA pueda solicitar las
deducciones fiscales correspondientes conforme a lo establecido en el artículo 25 de la
Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
III. La UIMP se compromete a destacar la colaboración de BBVA en cuantos
medios se utilicen para la promoción y difusión del Curso, respetando en todo caso el
logotipo y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
La difusión de esta colaboración por parte de la UIMP no constituirá una prestación
de servicios.
La UIMP no podrá utilizar las marcas, signos distintivos, nombres de dominio y
cualesquiera otros derechos de propiedad intelectual y/o industrial de BBVA para fines
distintos de los expresamente indicados en este convenio, ni de modo distinto a lo
acordado con BBVA –que, a estos efectos, se los facilitará con las indicaciones relativas
a las características de su uso–.
La utilización por la UIMP de las marcas, signos distintivos y cualesquiera otros
derechos de propiedad industrial o intelectual titularidad de BBVA a los fines previstos en
el presente convenio no comportará en modo alguno la adquisición por la UIMP de
derecho alguno sobre los mismos.
Si durante la vigencia del convenio, acaeciese algún hecho en relación con la UIMP
que pudiese perjudicar el buen nombre y/o reputación de BBVA, la UIMP procederá –a
requerimiento de BBVA– a cesar inmediatamente en la difusión recogida en esta
cláusula. Ello no implicará, en ningún caso, que se vean afectados los compromisos
económicos asumidos en virtud de este convenio.
IV. La UIMP mantendrá indemne a BBVA de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el Curso, tanto en el orden académico como en el de la gestión
que la UIMP realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado,
alumnado, empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse
afectada.

cve: BOE-A-2025-10402
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.