Comunidad Autónoma de La RiojaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-19432)
Resolución de fecha 21 de febrero de 2025, nº 176/2025 de la Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización de autorización administrativa previa del Parque Fotovoltaico "Murillo Pólux", nueva subestación transformadora "ST Murillo Pólux 30/66 kV" y línea subterránea a 66 kV hasta ST "Sequero" (AT/25615).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 27 de mayo de 2025

Sec. V-B. Pág. 29442

Municipal de Arrúbal (La Rioja), cuyo Proyecto de Reparcelación se encuentra en
tramitación para la regularización de las fincas incluidas en dicha unidad de
ejecución. La referida Modificación Puntual nº 4 está relacionada con el proyecto
de inversión "Producción de Hidrógeno Renovable en La Rioja (PRO2H2)",
declarado de interés estratégico para La Rioja (PIER), afectando a la parcela de
uso público EL-2 de Espacios Libres correspondiente al Ayuntamiento de Arrúbal.
Por estos motivos, propone que el trazado discurra en la medida de lo posible
bordeando dicho ámbito urbanístico. En otros puntos del informe indica un error en
la configuración catastral de una parcela y la necesaria previa adquisición o
servidumbre de bienes o derechos de titularidad de SEPES, para ejecutar la
infraestructura.
El promotor confirma que, como consecuencia de la mejor actuación y menos
dañina y teniendo en cuenta los organismos presentes en la zona, ya ha evaluado
y estudiado previamente la alternativa propuesta, siendo esta no factible pues sería
denegado por uno de los otros muchos organismos.
La Dirección General de Cultura, el 6 de mayo de 2024, informa
favorablemente, con la siguiente prescripción: "Durante la ejecución de las obras,
los movimientos de tierras que se practiquen en las parcelas indicadas de los
enclaves Barbarés y Corral de Marrones, así como en el entorno próximo de la vía
romana de Italia a Hispania, se llevarán a cabo con control arqueológico. Con tal
fin, el arqueólogo o arqueóloga contratado a tal efecto remitirá a esta Dirección
General una propuesta técnica, para su valoración y tramitación del preceptivo
permiso".
El promotor confirma que el arqueólogo contratado remitirá al Servicio de
Conservación y Promoción del Patrimonio Histórico Artístico una valoración y
tramitación del permiso indicado.
La Dirección General de Urbanismo y Vivienda informa, con fecha 10 de mayo
de 2024, que la actuación se sitúa en suelo no urbanizable y deberá tramitarse
ante la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja la
obtención de su autorización previa, según el artículo 53 de la Ley 5/2006, de 2 de
mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja. Sobre el tramo de
línea de evacuación que discurre por suelo no urbanizable de Arrúbal, se tramita
ante la citada Comisión, expediente 02-NU/2023-0104 ARRUBAL y sobre el cual
en su sesión de fecha 26 de enero de 2024, tomó el siguiente acuerdo:
"Debido a la reciente entrada en vigor de la Ley 1/2024, de 24 de enero, de
medidas temporales y urgentes para la protección del paisaje en La Rioja, por
unanimidad de todos los miembros presentes en la Comisión Permanente de
Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja en su reunión celebrada el día
26 de enero de 2024 se adopta el acuerdo de sacar el expediente del orden del
día".
El promotor comunica que cumplirá con toda la normativa y directrices de
aplicación en el desarrollo y ejecución de la instalación fotovoltaica.
La Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua, a fecha
14 de mayo de 2024, indica varias deficiencias en el Estudio de Impacto Ambiental
que deben subsanarse. Además, indica que debe elaborarse un nuevo estudio que
incluya todas las infraestructuras existentes y proyectadas en la zona. Asimismo, el
promotor deberá presentar el correspondiente informe preliminar de situación del
suelo.

cve: BOE-B-2025-19432
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Núm. 127