Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-10755)
Resolución de 4 de abril de 2025, del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la realización de la fase de formación en empresa u organismo equiparado de los alumnos de los grados D y E de formación profesional de centros públicos, en centros y laboratorios dependientes del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 70783
de 8 de noviembre), con sede en Madrid, provincia de Madrid, país España, calle Alfonso
XII, n.º 3 y 5, C.P. 28014 CIF Q2817003C, en adelante referida como CEDEX.
EXPONEN
1. Que la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, tiene entre sus
competencias, a través de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación
Profesional y Régimen Especial, de acuerdo con lo establecido en los apartados j) y l)
del artículo 11 del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, el desarrollo y fomento de las relaciones de coordinación y cooperación
de los centros docentes públicos que imparten enseñanzas de su competencia con
diferentes instituciones y organismo, así como el fomento de la formación práctica en
empresa u organismo equiparado y su gestión, la potenciación de las relaciones con los
sectores productivos y el seguimiento de la inserción laboral de los alumnos que han
concluido las enseñanzas de su competencia.
2. Que el Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, configura al CEDEX como
Organismo Autónomo de experimentación, investigación científica y técnica, adscrito
orgánicamente al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y dependiente,
funcionalmente, de dicho Ministerio y del de Transición Ecológica y Reto Demográfico.
Entre sus funciones figuran el impulso de la I+D+i, la asistencia técnica, el
asesoramiento, la colaboración y la transferencia del conocimiento en los ámbitos
nacional e internacional en todas aquellas materias científicas y tecnológicas que tienen
relación con la ingeniería civil, la edificación y el medio ambiente asociado. Y, en
particular, para llevar a cabo las funciones de transferencia de conocimiento, el CEDEX
organiza, bien de modo propio, bien en colaboración con otras entidades, actividades de
difusión del conocimiento entre las que cabe citar la celebración de cursos, jornadas,
congresos, conferencias, exposiciones y afines.
3. Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que la
formación profesional comprende el conjunto de acciones formativas que capacitan a los
alumnos para el desempeño cualificado de las diversas profesiones, el acceso al
empleo, la participación activa en la vida social, cultural y económica, y la adquisición y
actualización permanente de las competencias profesionales.
4. Que la fase de formación en empresa u organismo equiparado está establecida
por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la
Formación Profesional y regulada por el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el
que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, siendo su
realización requisito necesario para la obtención de los correspondientes títulos
profesionales.
5. Que el Real Decreto 659/2023 de 18 de julio, por el que se desarrolla la
ordenación de la formación profesional establece en su artículo 156 que el centro de
formación profesional autorizado para impartir las ofertas de formación profesional
establecerá un acuerdo marco o convenio de cooperación con la empresa, empresa u
organismo equiparado, en los términos que cada Administración competente establezca.
A efectos de este convenio, el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas
(CEDEX) es el organismo equiparado al que se hace referencia en el artículo 156 del
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio por el que se desarrolla la ordenación del Sistema
de Formación Profesional.
6. Que ambas partes manifiestan su interés en colaborar en la formación de los
alumnos de Formación Profesional, facilitando plazas formativas para la realización de la
fase de formación en empresa u organismo equiparado o la formación en centros de
trabajo de las ofertas formativas de grado D y E, que permita completar la adquisición de
competencias profesionales y resultados de aprendizaje propios de cada oferta
formativa, conocer la realidad del entorno laboral del sector productivo o de servicios de
referencia, afianzar habilidades permanentes para la empleabilidad vinculadas a la
cve: BOE-A-2025-10755
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Viernes 30 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 70783
de 8 de noviembre), con sede en Madrid, provincia de Madrid, país España, calle Alfonso
XII, n.º 3 y 5, C.P. 28014 CIF Q2817003C, en adelante referida como CEDEX.
EXPONEN
1. Que la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, tiene entre sus
competencias, a través de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación
Profesional y Régimen Especial, de acuerdo con lo establecido en los apartados j) y l)
del artículo 11 del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, el desarrollo y fomento de las relaciones de coordinación y cooperación
de los centros docentes públicos que imparten enseñanzas de su competencia con
diferentes instituciones y organismo, así como el fomento de la formación práctica en
empresa u organismo equiparado y su gestión, la potenciación de las relaciones con los
sectores productivos y el seguimiento de la inserción laboral de los alumnos que han
concluido las enseñanzas de su competencia.
2. Que el Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, configura al CEDEX como
Organismo Autónomo de experimentación, investigación científica y técnica, adscrito
orgánicamente al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y dependiente,
funcionalmente, de dicho Ministerio y del de Transición Ecológica y Reto Demográfico.
Entre sus funciones figuran el impulso de la I+D+i, la asistencia técnica, el
asesoramiento, la colaboración y la transferencia del conocimiento en los ámbitos
nacional e internacional en todas aquellas materias científicas y tecnológicas que tienen
relación con la ingeniería civil, la edificación y el medio ambiente asociado. Y, en
particular, para llevar a cabo las funciones de transferencia de conocimiento, el CEDEX
organiza, bien de modo propio, bien en colaboración con otras entidades, actividades de
difusión del conocimiento entre las que cabe citar la celebración de cursos, jornadas,
congresos, conferencias, exposiciones y afines.
3. Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que la
formación profesional comprende el conjunto de acciones formativas que capacitan a los
alumnos para el desempeño cualificado de las diversas profesiones, el acceso al
empleo, la participación activa en la vida social, cultural y económica, y la adquisición y
actualización permanente de las competencias profesionales.
4. Que la fase de formación en empresa u organismo equiparado está establecida
por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la
Formación Profesional y regulada por el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el
que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, siendo su
realización requisito necesario para la obtención de los correspondientes títulos
profesionales.
5. Que el Real Decreto 659/2023 de 18 de julio, por el que se desarrolla la
ordenación de la formación profesional establece en su artículo 156 que el centro de
formación profesional autorizado para impartir las ofertas de formación profesional
establecerá un acuerdo marco o convenio de cooperación con la empresa, empresa u
organismo equiparado, en los términos que cada Administración competente establezca.
A efectos de este convenio, el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas
(CEDEX) es el organismo equiparado al que se hace referencia en el artículo 156 del
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio por el que se desarrolla la ordenación del Sistema
de Formación Profesional.
6. Que ambas partes manifiestan su interés en colaborar en la formación de los
alumnos de Formación Profesional, facilitando plazas formativas para la realización de la
fase de formación en empresa u organismo equiparado o la formación en centros de
trabajo de las ofertas formativas de grado D y E, que permita completar la adquisición de
competencias profesionales y resultados de aprendizaje propios de cada oferta
formativa, conocer la realidad del entorno laboral del sector productivo o de servicios de
referencia, afianzar habilidades permanentes para la empleabilidad vinculadas a la
cve: BOE-A-2025-10755
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130