Comunidad Autónoma Del País Vasco. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2025-10704)
Resolución 662/2025, de 2 de mayo, de la Dirección General de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, por la que se convoca concurso para la provisión del puesto de Jefe/a de Servicio de Cirugía Cardiovascular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Viernes 30 de mayo de 2025

Sec. II.B. Pág. 70664

La Resolución de nombramiento se notificará a las personas interesadas y se
publicará en el «Boletín Oficial del País Vasco» y en la página web de Osakidetza y
contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración
del Ente Público Osakidetza.
8.

Efectos de la adjudicación

El puesto de Jefatura de Servicio dará lugar a nombramiento temporal por un plazo
de cuatro años, prorrogables en función de lo establecido en el artículo 28 de la Norma
Tercera de la Ley 8/1997, de 26 de junio (BOPV núm. 138, de 21 de julio), de Ordenación
Sanitaria de Euskadi.
9.

Recursos contra la presente Resolución

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante el Consejo
de Administración del Ente Público Osakidetza, en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente al de la fecha de la última publicación en los Boletines Oficiales
correspondientes.
Vitoria-Gasteiz, 2 de mayo de 2025.–La Directora General de Osakidetza-Servicio
Vasco de Salud, Susana López Altuna.
ANEXO
Baremo de méritos para la convocatoria de Jefe/a de Servicio de Cirugía
Cardiovascular adscrita a la Dirección de Asistencia Sanitaria, de la Dirección
General de Osakidetza-Servicio vasco de salud con sede en la OSI EzkerraldeaEnkarterri-Cruces
Baremo de méritos (máximo, 66 puntos)
La valoración de méritos constará de las siguientes fases:
I.

Proyecto y su Defensa (máximo, 30 puntos).

Las personas aspirantes deberán presentar una Memoria-Proyecto de organización y
funcionamiento del Servicio de la Jefatura convocada, así como realizar su exposición
pública ante el Tribunal Calificador y responder a las preguntas que planteen los
miembros del Tribunal.
La puntuación de esta fase queda desglosada en los dos apartados siguientes:
a) La valoración del contenido de la Memoria-Proyecto de gestión del Servicio
presentada (máximo, 15 puntos).
La Memoria-Proyecto de gestión deberá desarrollar, al menos, los siguientes
apartados:
Apartado organizativo y de gestión (máximo, 7 puntos).

Organigrama del servicio con indicación de las funciones tanto del puesto de jefatura
como del resto de puestos adscritos a la misma.
Interrelación del servicio con otras secciones/servicios de la misma organización.
Plan de Gestión de la jefatura/servicio con una definición de objetivos organizativos,
análisis y detección de las áreas de mejora e identificación de las medidas oportunas
para la consecución de las mismas. Junto a ello un compromiso o plan de utilización
eficiente de los recursos materiales, económicos y de personal asignados.

cve: BOE-A-2025-10704
Verificable en https://www.boe.es

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