Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10875)
Resolución de 22 de mayo de 2025, del Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Asociación para la Reeducación Auditiva de Niños Sordos de Burgos, para el desarrollo de acciones en el campo de la comunicación y divulgación de la ciencia y de la cooperación educativa.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Sábado 31 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 71464
MANIFIESTAN
I. El CENIEH y ARANSBUR firmaron un convenio para el desarrollo de acciones en
el campo de la comunicación y divulgación de la ciencia y de la cooperación educativa,
con fecha 21 de mayo de 2021, resultando eficaz con su inscripción en REOICO el 21 de
mayo de 2021.
II. Que la cláusula quinta del convenio establece cuatro años como periodo de
duración, así como la posibilidad de que los firmantes del convenio acuerden
unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales, en cualquier
momento antes de la finalización de la vigencia del convenio.
III. Que, sobre la base de estos antecedentes, las partes manifiestan su voluntad de
formalizar la presente adenda de prórroga de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
Constituye el objeto de la presente adenda establecer prórroga del convenio suscrito
por las partes, todo ello de acuerdo con la cláusula quinta del mismo y de conformidad
con las provisiones del artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Segunda.
Duración de la adenda.
La presente adenda tendrá una vigencia de cuatro (4) años y resultará eficaz desde
el 21 de mayo de 2025 siempre que se halle inscrita en el Registro Electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Además,
será publicada en el «Boletín Oficial del Estado»».
cve: BOE-A-2025-10875
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con lo que antecede, firman la presente adenda por
duplicado, en el lugar y fecha al comienzo indicados.−Por el CENIEH, la Directora, María
Martinón Torres.−Por ARANSBUR, el Presidente, José Luis Arlanzón Francés.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 131
Sábado 31 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 71464
MANIFIESTAN
I. El CENIEH y ARANSBUR firmaron un convenio para el desarrollo de acciones en
el campo de la comunicación y divulgación de la ciencia y de la cooperación educativa,
con fecha 21 de mayo de 2021, resultando eficaz con su inscripción en REOICO el 21 de
mayo de 2021.
II. Que la cláusula quinta del convenio establece cuatro años como periodo de
duración, así como la posibilidad de que los firmantes del convenio acuerden
unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales, en cualquier
momento antes de la finalización de la vigencia del convenio.
III. Que, sobre la base de estos antecedentes, las partes manifiestan su voluntad de
formalizar la presente adenda de prórroga de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
Constituye el objeto de la presente adenda establecer prórroga del convenio suscrito
por las partes, todo ello de acuerdo con la cláusula quinta del mismo y de conformidad
con las provisiones del artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Segunda.
Duración de la adenda.
La presente adenda tendrá una vigencia de cuatro (4) años y resultará eficaz desde
el 21 de mayo de 2025 siempre que se halle inscrita en el Registro Electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Además,
será publicada en el «Boletín Oficial del Estado»».
cve: BOE-A-2025-10875
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con lo que antecede, firman la presente adenda por
duplicado, en el lugar y fecha al comienzo indicados.−Por el CENIEH, la Directora, María
Martinón Torres.−Por ARANSBUR, el Presidente, José Luis Arlanzón Francés.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X