Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10871)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Alimentación, por la que se publica el Convenio con la Organización Interprofesional Pesquera Interfish-España, para la promoción de las especies tintorera, pez espada y marrajo, en los mercados nacionales en los años 2025 y 2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Sábado 31 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 71415

Tercera. Obligaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MAPA se
compromete a:
1. Aportar para la cofinanciación de las actuaciones programadas la cantidad
máxima de sesenta mil euros (60.000 euros), de acuerdo con el presupuesto indicado en
el anexo, una vez ejecutadas y justificadas las acciones programadas. El desglose por
ejercicio será el siguiente:
2.
– Cuarenta y siete mil quinientos euros (47.500 euros) para el ejercicio
económico 2025.
– Doce mil quinientos euros (12.500 euros) para el ejercicio económico 2026.
A estos efectos, el MAPA, con su aportación al presente convenio, abonará los
gastos que se originen por la realización de las actividades, excluyendo los gastos
derivados de atenciones protocolarias, viajes, dietas, alojamiento, gastos corrientes,
salarios del personal propio y compra de productos.
El importe del IVA correspondiente a los gastos realizados por Interfish en el
cumplimiento de las actuaciones previstas en el presente convenio sólo será
considerado gasto financiable por el MAPA cuando dicho importe no sea susceptible de
recuperación o compensación por la propia Interfish.
3. Participar en la preparación de las actuaciones con sus unidades técnicas y de
promoción.
4. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del
presente convenio.
5. Participar en la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden
dentro del presente convenio.
Cuarta.

Obligaciones de la organización interprofesional pesquera Interfish-España.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, Interfish se
compromete a:
1. Asumir la responsabilidad directa de las gestiones necesarias para el buen
desarrollo de las acciones promocionales previstas, informando al MAPA de las mismas.
En la contratación externa de acciones deben cumplirse los principios básicos de
transparencia, no discriminación e igualdad de trato.
2. Adelantar los fondos necesarios para el desarrollo efectivo de las actuaciones
programadas.
3. Asumir, si lo hubiera, cualquier incremento presupuestario en la realización de
las actividades.
4. Aportar la cantidad de sesenta mil euros (60.000 euros) en la totalidad del
periodo de actuaciones del presente convenio, de conformidad con el siguiente desglose:

5. Diseñar y ejecutar, conjuntamente con el MAPA, las actividades mencionadas en
el anexo, debiendo tener en cuenta todos los aspectos técnicos necesarios para la
correcta ejecución de las mismas.
6. Aportar un programa de actividades detallado que recoja una descripción de las
acciones, así como una valoración de su impacto, presupuesto y posible calendario de
acciones. Este programa deberá presentarse ante el MAPA y estará sometido a su
aprobación.

cve: BOE-A-2025-10871
Verificable en https://www.boe.es

– Cuarenta y siete mil quinientos euros (47.500 euros) para el ejercicio
económico 2025.
– Doce mil quinientos euros (12.500 euros) para el ejercicio económico 2026.