Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10849)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con la Fundación Banco Santander, para la colaboración cultural, educativa y de inclusión.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Sábado 31 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 71144

actuaciones sean precisas para la organización y realización del Proyecto y para el
cumplimiento de los demás compromisos previstos en el convenio, debiendo cumplir
igualmente para ello con las demás obligaciones legales que le incumban en el ejercicio
de su actividad.
El presente convenio no implica compromisos económicos para Patrimonio Nacional.
Tercera.

Compromisos de la Fundación Banco Santander.

En virtud del presente convenio, Fundación Banco Santander realizará una
aportación por importe de treinta cinco mil euros (35.000 euros) a favor de Patrimonio
Nacional, que ésta habrá de destinar íntegramente a la consecución del Proyecto.
La aportación se hará efectiva en los quince días posteriores a que el convenio
adquiera eficacia, mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria de titularidad de
Patrimonio Nacional y facilitada al efecto, en un solo pago.
Cuarta. Exclusividad.
El presente convenio no confiere ni supone exclusividad para ninguna de las Partes,
por lo que cualquiera de las Partes podrá concertar acuerdos o convenios de
colaboración similares con cualquier tercero siempre que se respeten los derechos y
compromisos asumidos en virtud del presente convenio.
Quinta. Difusión de la participación.
Como reconocimiento, y en virtud de la colaboración y de la aportación económica
que recibirá de Fundación Banco Santander, Patrimonio Nacional, sin perjuicio de lo
dispuesto en la cláusula sexta «Propiedad Industrial», se compromete a:

Fundación Banco Santander queda autorizada a hacer público y difundir por sus
propios medios su condición de entidad colaboradora del Proyecto para sus acciones de
comunicación, lo que podrá implicar el uso, a estos exclusivos fines, del nombre y logo
de Patrimonio Nacional, y el derecho a citar a Patrimonio Nacional en todos aquellos
comunicados, informes, publicaciones, declaraciones, memorias y cualesquiera otros
documentos, acciones y/o manifestaciones que Fundación Banco Santander produzca,
tanto con carácter interno como externo, y en los que se recoja su colaboración en el
Proyecto.
Sexta. Propiedad industrial.
Fundación Banco Santander aportará a Patrimonio Nacional los materiales,
conteniendo las marcas necesarias para que ésta pueda llevar a cabo las obligaciones

cve: BOE-A-2025-10849
Verificable en https://www.boe.es

a) Difundir públicamente en los medios, soportes, lugares y eventos y en la forma
que ambas Partes acuerden, la participación de Fundación Banco Santander como
colaborador del Proyecto.
b) Que Fundación Banco Santander figure siempre como su entidad colaboradora
en cualquier tipo de documentación, información, material y soporte publicitario,
referencia, reseña periodística y publicación que se elabore, emita y/o publique en
relación con el Proyecto o con actos relativos al Proyecto.
c) Utilizar logotipos del mismo tamaño en caso de difundir la colaboración de
Fundación Banco Santander en el Proyecto conjuntamente con la de otros
colaboradores.
d) Incluir en su página web el logotipo y un enlace de conexión a Fundación Banco
Santander con relación al Proyecto, quedando Fundación Banco Santander autorizada a
hacer lo propio con el logotipo y la página web de Patrimonio Nacional.
e) Solicitar la previa autorización de Fundación Banco Santander para la utilización
de su logotipo, marca comercial o nombre.