Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-10963)
Orden APA/558/2025, de 27 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de copos para la mejora de la selectividad en los buques de la modalidad de arrastre de fondo del caladero mediterráneo para las pesquerías de costera y de profundidad para el año 2025, y por la que se convocan dichas ayudas para 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 71881
copos para la mejora de la selectividad en los buques de la modalidad de arrastre de
fondo del caladero mediterráneo para las pesquerías de costera y de profundidad para el
año 2025, declaro responsablemente:
1. Conocer que las ayudas solicitadas se acogen al Reglamento (UE)
n.º 717/2014, de la Comisión, de 27 de junio, relativo a la aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas
de minimis del sector de la pesca y la acuicultura, y que según lo previsto en Real
Decreto 1139/2024, de 11 de noviembre, por el que se regulan el límite máximo de las
ayudas de minimis en el sector agrícola y pesquero y el procedimiento para garantizar
que no se sobrepasan los topes nacional y sectorial establecidos en la normativa
europea, el importe de las ayudas totales de minimis concedidas a una única
empresa, no será superior a 40.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios
fiscales.
2. Que a los efectos del cómputo del límite máximo de ayuda de minimis la
empresa que represento NO mantienen ninguna de las relaciones previstas en el
artículo 2.2 del Reglamento (UE) n.º 717/2014 a las ayudas de minimis en el sector de la
pesca y la acuicultura para ser considerara empresa única, ni ha llevado a cabo ninguna
de las acciones previstas en el artículo 3.8 (fusiones o adquisiciones de empresas) y/o
artículos 3.9 (escisión de una empresa en dos o más empresas independientes) del
Reglamento (UE) n.º 717/2014 a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y la
acuicultura.
En caso contrario, deberá comunicar al Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación cual/es de esas relaciones y/o acciones mantiene o ha llevado a cabo y
detallar mediante la tabla adjunta, las ayudas de minimis (independientemente de si
éstas son para la misma finalidad de la presente convocatoria, como para cualquier otra
finalidad) que se hubieran concedido a dicha empresa o sociedades con las que
mantiene o con las que ha desarrollado uno de los vínculos/acciones referenciadas.
Que a los efectos de la prohibición de acumulación:
☐ La empresa que represento NO ha recibido ni solicitado otras ayudas concedidas
bajo el régimen de minimis en el ejercicio fiscal en curso y/o en los dos ejercicios fiscales
anteriores (ayudas de minimis para la misma finalidad de la presente convocatoria, como
para cualquier otra finalidad).
☐ La empresa que represento SI ha recibido o solicitado ayudas concedidas bajo el
régimen de minimis en el ejercicio fiscal en curso y/o en los dos ejercicios fiscales
anteriores (para la misma finalidad de la presente convocatoria, como para cualquier otra
finalidad).
Ayudas recibidas en los últimos tres ejercicios fiscales sujetas a reglamento de minimis
Convocatoria
Fecha de
concesión
Importe
concedido
Importe
pagado
Fecha de
pago
En …………………………………….. a ……… de …………………… de 2025.
EL INTERESADO o EL/LA REPRESENTANTE LEGAL DEL INTERESADO:
Fdo.:
cve: BOE-A-2025-10963
Verificable en https://www.boe.es
Órgano
concedente
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 71881
copos para la mejora de la selectividad en los buques de la modalidad de arrastre de
fondo del caladero mediterráneo para las pesquerías de costera y de profundidad para el
año 2025, declaro responsablemente:
1. Conocer que las ayudas solicitadas se acogen al Reglamento (UE)
n.º 717/2014, de la Comisión, de 27 de junio, relativo a la aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas
de minimis del sector de la pesca y la acuicultura, y que según lo previsto en Real
Decreto 1139/2024, de 11 de noviembre, por el que se regulan el límite máximo de las
ayudas de minimis en el sector agrícola y pesquero y el procedimiento para garantizar
que no se sobrepasan los topes nacional y sectorial establecidos en la normativa
europea, el importe de las ayudas totales de minimis concedidas a una única
empresa, no será superior a 40.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios
fiscales.
2. Que a los efectos del cómputo del límite máximo de ayuda de minimis la
empresa que represento NO mantienen ninguna de las relaciones previstas en el
artículo 2.2 del Reglamento (UE) n.º 717/2014 a las ayudas de minimis en el sector de la
pesca y la acuicultura para ser considerara empresa única, ni ha llevado a cabo ninguna
de las acciones previstas en el artículo 3.8 (fusiones o adquisiciones de empresas) y/o
artículos 3.9 (escisión de una empresa en dos o más empresas independientes) del
Reglamento (UE) n.º 717/2014 a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y la
acuicultura.
En caso contrario, deberá comunicar al Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación cual/es de esas relaciones y/o acciones mantiene o ha llevado a cabo y
detallar mediante la tabla adjunta, las ayudas de minimis (independientemente de si
éstas son para la misma finalidad de la presente convocatoria, como para cualquier otra
finalidad) que se hubieran concedido a dicha empresa o sociedades con las que
mantiene o con las que ha desarrollado uno de los vínculos/acciones referenciadas.
Que a los efectos de la prohibición de acumulación:
☐ La empresa que represento NO ha recibido ni solicitado otras ayudas concedidas
bajo el régimen de minimis en el ejercicio fiscal en curso y/o en los dos ejercicios fiscales
anteriores (ayudas de minimis para la misma finalidad de la presente convocatoria, como
para cualquier otra finalidad).
☐ La empresa que represento SI ha recibido o solicitado ayudas concedidas bajo el
régimen de minimis en el ejercicio fiscal en curso y/o en los dos ejercicios fiscales
anteriores (para la misma finalidad de la presente convocatoria, como para cualquier otra
finalidad).
Ayudas recibidas en los últimos tres ejercicios fiscales sujetas a reglamento de minimis
Convocatoria
Fecha de
concesión
Importe
concedido
Importe
pagado
Fecha de
pago
En …………………………………….. a ……… de …………………… de 2025.
EL INTERESADO o EL/LA REPRESENTANTE LEGAL DEL INTERESADO:
Fdo.:
cve: BOE-A-2025-10963
Verificable en https://www.boe.es
Órgano
concedente