Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2025-10948)
Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Generalitat Valenciana, sobre atribución de competencias en materia de recursos contractuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 71779
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
10948
Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio con la Generalitat Valenciana, sobre atribución de
competencias en materia de recursos contractuales.
Suscrito el 21 de mayo de 2025 Convenio entre el Ministerio de Hacienda y la
Generalitat Valenciana sobre atribución de competencias en materia de recursos
contractuales, en cumplimiento de lo establecido en el punto 8 del artículo 48 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 21 de mayo de 2025.–La Subsecretaria de Hacienda, Lidia Sánchez Milán.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Hacienda y la Generalitat sobre la atribución de
competencias en materia de recursos contractuales
En Madrid y Valencia, a 21 de mayo de 2025.
REUNIDOS
De una parte, doña Lidia Sánchez Milán, Subsecretaria de Hacienda, nombrada por
Real Decreto 357/2024, de 2 de abril, con competencia para suscribir el presente
convenio en virtud de la delegación efectuada por el artículo 7.4.a) de la Orden
HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan
los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones
y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.
De otra parte, doña Ruth María Merino Peña, Consellera de Hacienda y Economía,
en representación de la Generalitat, nombrada por Decreto 33/2024, de 21 de
noviembre, de la Presidencia de la Generalitat, por el que se disponen los ceses y los
nombramientos de las personas titulares de determinadas Consellerias de la Generalitat
(DOGV núm. 9990 bis/22.11.2024), con competencia para formalizar este convenio en
virtud de los preceptos de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell en los
artículos 17 y 28; artículo 6.3 del Decreto 176/2014, y artículo 4 del Decreto 195/2024
de 23 de diciembre, del Consell, de aprobación del reglamento orgánico y funcional de la
Conselleria de Hacienda y Economía, especialmente facultada para este acto por
acuerdo del Consell de fecha 7 de mayo de 2025.
EXPONEN
1. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece en su
artículo 46, apartados 2 y 3, respectivamente, que las Comunidades Autónomas y las
Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla podrán atribuir la competencia para la
resolución de los recursos especiales regulados en ella al Tribunal Administrativo Central
cve: BOE-A-2025-10948
Verificable en https://www.boe.es
Las partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la
representación legal que ostentan para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 71779
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
10948
Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio con la Generalitat Valenciana, sobre atribución de
competencias en materia de recursos contractuales.
Suscrito el 21 de mayo de 2025 Convenio entre el Ministerio de Hacienda y la
Generalitat Valenciana sobre atribución de competencias en materia de recursos
contractuales, en cumplimiento de lo establecido en el punto 8 del artículo 48 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 21 de mayo de 2025.–La Subsecretaria de Hacienda, Lidia Sánchez Milán.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Hacienda y la Generalitat sobre la atribución de
competencias en materia de recursos contractuales
En Madrid y Valencia, a 21 de mayo de 2025.
REUNIDOS
De una parte, doña Lidia Sánchez Milán, Subsecretaria de Hacienda, nombrada por
Real Decreto 357/2024, de 2 de abril, con competencia para suscribir el presente
convenio en virtud de la delegación efectuada por el artículo 7.4.a) de la Orden
HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan
los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones
y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.
De otra parte, doña Ruth María Merino Peña, Consellera de Hacienda y Economía,
en representación de la Generalitat, nombrada por Decreto 33/2024, de 21 de
noviembre, de la Presidencia de la Generalitat, por el que se disponen los ceses y los
nombramientos de las personas titulares de determinadas Consellerias de la Generalitat
(DOGV núm. 9990 bis/22.11.2024), con competencia para formalizar este convenio en
virtud de los preceptos de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell en los
artículos 17 y 28; artículo 6.3 del Decreto 176/2014, y artículo 4 del Decreto 195/2024
de 23 de diciembre, del Consell, de aprobación del reglamento orgánico y funcional de la
Conselleria de Hacienda y Economía, especialmente facultada para este acto por
acuerdo del Consell de fecha 7 de mayo de 2025.
EXPONEN
1. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece en su
artículo 46, apartados 2 y 3, respectivamente, que las Comunidades Autónomas y las
Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla podrán atribuir la competencia para la
resolución de los recursos especiales regulados en ella al Tribunal Administrativo Central
cve: BOE-A-2025-10948
Verificable en https://www.boe.es
Las partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la
representación legal que ostentan para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,