Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10944)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Instituto Cervantes y Repsol Exploración Argelia, SA, para el desarrollo de actividades culturales y académicas del Instituto Cervantes en Argelia en 2025 y 2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 71750

(b) terremotos, inundaciones, incendios, explosiones y/u otras catástrofes físicas
naturales, pero excluyendo las condiciones meteorológicas como tales,
independientemente de su gravedad;
(c) huelgas a nivel nacional o regional o conflictos laborales a nivel nacional o
regional, o huelgas o conflictos laborales de mano de obra no empleada por la parte
afectada, sus subcontratistas (de cualquier nivel) o sus proveedores y que afecten a una
parte sustancial o esencial del desarrollo de las actividades; y
(d) cualquier acción o inacción de las autoridades locales o gubernamentales que
afecte a las licencias, permisos, permisos temporales, autorizaciones o aprobaciones
requeridas para el desarrollo de las actividades.
Pero en cada caso sólo en la medida en que tales eventos:
(i) no estén bajo el control de la parte afectada;
(ii) sean inevitables a pesar del cuidado razonable o de la adopción de medidas
razonables por parte de la parte afectada; y
(iii) no sean el resultado de un incumplimiento de la parte afectada de cualquiera de
sus obligaciones en virtud del convenio o de cualquier negligencia de dicha parte.
Los efectos de la resolución del convenio se regirán conforme a lo dispuesto en el
artículo 52 de la LRJSP y, en particular, respecto al apartado 3 de este artículo cuando
concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio y existan actuaciones en
curso de ejecución, las partes, a propuesta de los responsables, podrán acordar la
continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas en el
plazo improrrogable de seis meses.
Undécima.

Organización y desarrollo del proyecto.

El Instituto Cervantes, a través de sus centros de Argelia, destinará todos los
recursos, humanos y/o materiales, que resulten necesarios para el cumplimiento de los
objetivos de las actividades y que correrán de su exclusiva cuenta y cargo.
Repsol no asume ningún tipo de responsabilidad por la gestión o el uso que el
Instituto Cervantes realice de la aportación, ni por los actos y servicios prestados por
éste o por las empresas y profesionales que sean contratados por el Instituto Cervantes.
El contenido de este convenio no podrá ser interpretado en ningún caso como
creador de relación laboral alguna entre Repsol y las personas implicadas en el
desarrollo y ejecución de las actividades, ni como constitutivo de una obligación para
Repsol de seguir colaborando con el Instituto Cervantes para los fines de este convenio
o cualesquiera otros.
El Instituto Cervantes responderá y mantendrá indemne a Repsol frente a cualquier
tipo de reclamación que pudiera derivarse de la organización y desarrollo de las
actividades, sea directamente o en relación con las personas físicas o jurídicas que
hubiesen intervenido en el mismo por encargo del Instituto Cervantes.
Protección de datos de carácter personal.

Las partes, como responsables del tratamiento, informan a los firmantes que actúan
en nombre y representación de cada una de las partes en el presente documento y a las
personas identificadas como contacto a cualquier fin, que los datos de carácter personal
que faciliten en virtud del mismo (datos identificativos, de contacto, de firma, así como
los que puedan figurar en la documentación acreditativa de su representación) o aquellos
otros que pudieran proporcionar con posterioridad, serán tratados por cada una de las
partes con la finalidad de gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y
ejecución de lo dispuesto en el presente convenio, así como para la prevención del
blanqueo de capitales y financiación del terrorismo o a los efectos de que pueda cumplir
con sus estándares de diligencia en cuanto a la identificación de sus proveedores, en su
caso, siendo la base legítima del tratamiento el interés legítimo de Repsol.

cve: BOE-A-2025-10944
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.