Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-10975)
Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Baluma Solar, SL, la declaración, en concreto, de utilidad pública, para la instalación fotovoltaica «Baluma Solar», de 58,14 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Albolote, Moclín y Atarfe (Granada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 71978
con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Oficina Española de Cambio Climático, con
diversas consideraciones y alegaciones. Se ha dado traslado al promotor, quien
responde a cada una de las alegaciones e indica que las consideraciones son de
carácter medioambiental y que cuenta con declaración de impacto ambiental favorable.
Se da traslado al organismo de la respuesta del promotor, el cual no emite nueva
respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud del artículo 147.2 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados los Ayuntamientos de Albolote y Atarfe, la Diputación Provincial de
Granada, el Servicio de Energía de la Consejería de Industria, Energía y Minas de la
Junta de Andalucía, el Servicio de Bienes Culturales de la Delegación Territorial de
Granada de la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, la Dirección
General de Movilidad y Transportes de la Junta de Andalucía, la Dirección General de
Política Forestal y Biodiversidad de la Junta de Andalucía, la Dirección General de
Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular de la Junta de Andalucía, la Dirección
General de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de Andalucía, la Dirección
General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía, la Dirección
General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía
Oriental del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir, E-Distribución Redes Digitales, SAU, Telefónica de
España, SAU, y Ecologistas en Acción Andalucía, no se ha recibido contestación por su
parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en
el artículo 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la
instalación y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados ha sido
sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 26 de octubre de 2024
en el «Boletín Oficial del Estado», el 31 de octubre de 2024 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Granada» y el 25 de octubre de 2024 en el diario Ideal, y con la exposición
al público en el tablón de edictos de los ayuntamientos de Albolote y Moclín, así como en
la web de la Delegación del Gobierno en Andalucía desde el 24 de octubre de 2024
hasta el 22 de enero de 2025. Se ha recibido una alegación de un particular que se dirige
por escrito directamente al titular de la Dependencia del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Granada solicitando la paralización del procedimiento de
solicitud de declaración de utilidad pública del proyecto, siendo, dicha alegación,
respondida directamente desde la Dependencia y confirmándole que, al haber firmado
un contrato con el promotor, no será convocado al levantamiento de actas que inicia la
fase de expropiación forzosa.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Granada emitió informe con fecha de 10 de febrero de 2025.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, declara de utilidad pública las
instalaciones eléctricas de generación de energía eléctrica, a los efectos de expropiación
forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y
ejercicio de la servidumbre de paso.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de
resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del
promotor, el cual ha respondido al mismo expresando conformidad y aportando acuerdo
de derecho de servidumbre personal de uso sobre los terrenos propiedad de Red
cve: BOE-A-2025-10975
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
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con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Oficina Española de Cambio Climático, con
diversas consideraciones y alegaciones. Se ha dado traslado al promotor, quien
responde a cada una de las alegaciones e indica que las consideraciones son de
carácter medioambiental y que cuenta con declaración de impacto ambiental favorable.
Se da traslado al organismo de la respuesta del promotor, el cual no emite nueva
respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud del artículo 147.2 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados los Ayuntamientos de Albolote y Atarfe, la Diputación Provincial de
Granada, el Servicio de Energía de la Consejería de Industria, Energía y Minas de la
Junta de Andalucía, el Servicio de Bienes Culturales de la Delegación Territorial de
Granada de la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, la Dirección
General de Movilidad y Transportes de la Junta de Andalucía, la Dirección General de
Política Forestal y Biodiversidad de la Junta de Andalucía, la Dirección General de
Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular de la Junta de Andalucía, la Dirección
General de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de Andalucía, la Dirección
General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía, la Dirección
General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía
Oriental del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir, E-Distribución Redes Digitales, SAU, Telefónica de
España, SAU, y Ecologistas en Acción Andalucía, no se ha recibido contestación por su
parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en
el artículo 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la
instalación y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados ha sido
sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 26 de octubre de 2024
en el «Boletín Oficial del Estado», el 31 de octubre de 2024 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Granada» y el 25 de octubre de 2024 en el diario Ideal, y con la exposición
al público en el tablón de edictos de los ayuntamientos de Albolote y Moclín, así como en
la web de la Delegación del Gobierno en Andalucía desde el 24 de octubre de 2024
hasta el 22 de enero de 2025. Se ha recibido una alegación de un particular que se dirige
por escrito directamente al titular de la Dependencia del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Granada solicitando la paralización del procedimiento de
solicitud de declaración de utilidad pública del proyecto, siendo, dicha alegación,
respondida directamente desde la Dependencia y confirmándole que, al haber firmado
un contrato con el promotor, no será convocado al levantamiento de actas que inicia la
fase de expropiación forzosa.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Granada emitió informe con fecha de 10 de febrero de 2025.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, declara de utilidad pública las
instalaciones eléctricas de generación de energía eléctrica, a los efectos de expropiación
forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y
ejercicio de la servidumbre de paso.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de
resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del
promotor, el cual ha respondido al mismo expresando conformidad y aportando acuerdo
de derecho de servidumbre personal de uso sobre los terrenos propiedad de Red
cve: BOE-A-2025-10975
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