Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-20836)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria por el que se somete a información pública la resolución emitida por la Dirección General de Carreteras, en la que se aprueba provisionalmente y se ordena la incoación del expediente de información pública del anteproyecto de construcción y explotación: "Área de servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para vehículos eléctricos. Autovía del Cantábrico A-8 P.K. 208+500. Ambas márgenes. T.M Penagos, Cantabria. Y del estudio de viabilidad. Clave A0-S-0020.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Jueves 5 de junio de 2025
Sec. V-B. Pág. 31697
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
20836
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria por
el que se somete a información pública la resolución emitida por la
Dire cción Ge ne ral de Carre te ras, e n la que se aprue ba
provisionalme nte y se orde na la incoación de l e xpe die nte de
información pública del anteproyecto de construcción y explotación:
"Área de servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para
vehículos eléctricos. Autovía del Cantábrico A-8 P.K. 208+500. Ambas
márgenes. T.M Penagos, Cantabria. Y del estudio de viabilidad. Clave
A0-S-0020.
La Dirección General de Carreteras con fecha 12 de mayo de 2025, resuelve:
1.- Aprobar provisionalmente el anteproyecto de construcción y explotación:
Área de servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para vehículos
eléctricos. Autovía del Cantábrico A-8. P..K. 208+500. Ambas márgenes. Término
municipal de Penagos, Cantabria. Redactado con fecha de abril de 2025.
2.- Declarar la urgencia del anteproyecto en aplicación de lo previsto en el
artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, por lo que el
presente trámite tendrá carácter de información pública previa a la declaración de
urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución de las
actuaciones dentro del alcance de estos.
3.- Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria, se
proceda a incoar el expediente de información pública del anteproyecto de
construcción y explotación correspondiente al área de servicio de Penagos y del
estudio de viabilidad, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los
siguientes efectos:
a. Artículo 247.3 y 248.3 y 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos
del Sector Público, por el que se trasponen al ordenamiento jurídico español la
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26
de febrero de 2014.
b. Artículo 27.1.b de la Ley de 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras
para que puedan formularse cuantas alegaciones o sugerencias se estimen
conveniente.
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a
partir del primer día hábil siguiente al de la fecha de las publicaciones
reglamentarias.
Tras el análisis de las alegaciones presentadas, de las respuestas a las
consultas y de los informes preceptivos en la legislación vigente, el Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible resolverá sobre la aprobación de expediente de
información pública y la aprobación del estudio de viabilidad y definitiva del
cve: BOE-B-2025-20836
Verificable en https://www.boe.es
c. Artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre Expropiación
Forzosa para que puedan presentarse alegaciones sobre la necesidad de
ocupación o sobre posibles errores de la relación concreta e individualizada de
servicios, bienes y derechos afectados.
Núm. 135
Jueves 5 de junio de 2025
Sec. V-B. Pág. 31697
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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
20836
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria por
el que se somete a información pública la resolución emitida por la
Dire cción Ge ne ral de Carre te ras, e n la que se aprue ba
provisionalme nte y se orde na la incoación de l e xpe die nte de
información pública del anteproyecto de construcción y explotación:
"Área de servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para
vehículos eléctricos. Autovía del Cantábrico A-8 P.K. 208+500. Ambas
márgenes. T.M Penagos, Cantabria. Y del estudio de viabilidad. Clave
A0-S-0020.
La Dirección General de Carreteras con fecha 12 de mayo de 2025, resuelve:
1.- Aprobar provisionalmente el anteproyecto de construcción y explotación:
Área de servicio dotada de una estación de recarga ultrarrápida para vehículos
eléctricos. Autovía del Cantábrico A-8. P..K. 208+500. Ambas márgenes. Término
municipal de Penagos, Cantabria. Redactado con fecha de abril de 2025.
2.- Declarar la urgencia del anteproyecto en aplicación de lo previsto en el
artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, por lo que el
presente trámite tendrá carácter de información pública previa a la declaración de
urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución de las
actuaciones dentro del alcance de estos.
3.- Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria, se
proceda a incoar el expediente de información pública del anteproyecto de
construcción y explotación correspondiente al área de servicio de Penagos y del
estudio de viabilidad, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los
siguientes efectos:
a. Artículo 247.3 y 248.3 y 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos
del Sector Público, por el que se trasponen al ordenamiento jurídico español la
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26
de febrero de 2014.
b. Artículo 27.1.b de la Ley de 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras
para que puedan formularse cuantas alegaciones o sugerencias se estimen
conveniente.
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a
partir del primer día hábil siguiente al de la fecha de las publicaciones
reglamentarias.
Tras el análisis de las alegaciones presentadas, de las respuestas a las
consultas y de los informes preceptivos en la legislación vigente, el Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible resolverá sobre la aprobación de expediente de
información pública y la aprobación del estudio de viabilidad y definitiva del
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c. Artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre Expropiación
Forzosa para que puedan presentarse alegaciones sobre la necesidad de
ocupación o sobre posibles errores de la relación concreta e individualizada de
servicios, bienes y derechos afectados.