Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Real Federación Española de Vela. Estatutos. (BOE-A-2025-11286)
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la Real Federación Española de Vela.
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Jueves 5 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 73833
promoción o práctica de la mencionada especialidad deportiva o contribuyan a su
desarrollo y se hallen integradas según lo dispuesto en los presentes Estatutos.
Artículo 3.
La RFEV goza de personalidad jurídica propia y de plena capacidad de obrar para el
cumplimiento de sus fines, rigiéndose por la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del
Deporte, por las disposiciones de desarrollo reglamentario de ésta, por los presentes
Estatutos, por los Reglamentos Federativos y por los acuerdos que se adopten
válidamente por sus órganos.
Artículo 4.
1. La RFEV está afiliada a las federaciones deportivas internacionales siguientes a
las que pertenece como miembro afiliado:
– World Sailing.
– European Sailing Federation EUROSAF.
2. Dicha afiliación a las federaciones deportivas internacionales obliga tanto a la
RFEV, como a los estamentos que la conforman, siendo extensible al cumplimiento del
régimen o reglas que establezca cada federación internacional a través de sus estatutos,
reglamentos y decisiones en todo cuanto afecte al orden técnico y a las relaciones
deportivas internacionales.
3. La RFEV reconoce la jurisdicción del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) en
aquellos litigios que surjan en aspectos o cuestiones relacionadas con las federaciones
internacionales en las que se encuentre integrada, así como sus resoluciones cuando
afecten a miembros que formen parte de la RFEV y que se hubieran sometido
voluntariamente a dicha jurisdicción.
Artículo 5.
1. La RFEV, por disponer de pruebas de especialidades incluidas dentro del
programa olímpico y paralímpico, forma formar parte del Comité Olímpico Español y del
Comité Paralímpico Español.
2. La RFEV está integrada como socio en la Asociación del Deporte Español –
ADESP.
CAPÍTULO II
Domicilio
Artículo 6.
CAPÍTULO III
Competencias y funciones
Artículo 7.
1. Sin perjuicio de las competencias que pueda corresponder a las Federaciones
Autonómicas en sus respectivos ámbitos territoriales, son fines propios de la RFEV los
de gobernar, administrar, gestionar, organizar y reglamentar la modalidad y
cve: BOE-A-2025-11286
Verificable en https://www.boe.es
La RFEV tiene su domicilio en Santander, Calle Gamazo, s/n CEAR de Vela
«Príncipe Felipe». Para trasladar este domicilio se precisará el acuerdo de la Asamblea
General, salvo que sea dentro del mismo término municipal que bastará con el acuerdo
de la Comisión Delegada.
Núm. 135
Jueves 5 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 73833
promoción o práctica de la mencionada especialidad deportiva o contribuyan a su
desarrollo y se hallen integradas según lo dispuesto en los presentes Estatutos.
Artículo 3.
La RFEV goza de personalidad jurídica propia y de plena capacidad de obrar para el
cumplimiento de sus fines, rigiéndose por la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del
Deporte, por las disposiciones de desarrollo reglamentario de ésta, por los presentes
Estatutos, por los Reglamentos Federativos y por los acuerdos que se adopten
válidamente por sus órganos.
Artículo 4.
1. La RFEV está afiliada a las federaciones deportivas internacionales siguientes a
las que pertenece como miembro afiliado:
– World Sailing.
– European Sailing Federation EUROSAF.
2. Dicha afiliación a las federaciones deportivas internacionales obliga tanto a la
RFEV, como a los estamentos que la conforman, siendo extensible al cumplimiento del
régimen o reglas que establezca cada federación internacional a través de sus estatutos,
reglamentos y decisiones en todo cuanto afecte al orden técnico y a las relaciones
deportivas internacionales.
3. La RFEV reconoce la jurisdicción del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) en
aquellos litigios que surjan en aspectos o cuestiones relacionadas con las federaciones
internacionales en las que se encuentre integrada, así como sus resoluciones cuando
afecten a miembros que formen parte de la RFEV y que se hubieran sometido
voluntariamente a dicha jurisdicción.
Artículo 5.
1. La RFEV, por disponer de pruebas de especialidades incluidas dentro del
programa olímpico y paralímpico, forma formar parte del Comité Olímpico Español y del
Comité Paralímpico Español.
2. La RFEV está integrada como socio en la Asociación del Deporte Español –
ADESP.
CAPÍTULO II
Domicilio
Artículo 6.
CAPÍTULO III
Competencias y funciones
Artículo 7.
1. Sin perjuicio de las competencias que pueda corresponder a las Federaciones
Autonómicas en sus respectivos ámbitos territoriales, son fines propios de la RFEV los
de gobernar, administrar, gestionar, organizar y reglamentar la modalidad y
cve: BOE-A-2025-11286
Verificable en https://www.boe.es
La RFEV tiene su domicilio en Santander, Calle Gamazo, s/n CEAR de Vela
«Príncipe Felipe». Para trasladar este domicilio se precisará el acuerdo de la Asamblea
General, salvo que sea dentro del mismo término municipal que bastará con el acuerdo
de la Comisión Delegada.