Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-11265)
Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica de Apoyo a la Docencia y a la Investigación.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Jueves 5 de junio de 2025
2.
Sec. II.B. Pág. 73707
Requisitos de las personas aspirantes
2.1 Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán
reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:
a)
Nacionalidad:
1. Tener la nacionalidad española.
2. También podrán participar en igualdad de condiciones que los españoles:
a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Las personas aspirantes no residentes en España incluidas en el apartado b), así
como los extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud,
documento que acredite las condiciones que se alegan.
2.2 Estos requisitos deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como personal funcionario de la Universidad de Granada.
2.3 Para la admisión al proceso selectivo se deberá aportar, junto a la solicitud, la
justificación del abono de la correspondiente tasa por derechos de admisión o la
documentación que justifique el encontrarse exento o exenta del pago de la misma,
conforme a lo establecido en las bases 3.4 o 3.5 de esta convocatoria, según el caso, y
bastará con declarar en la solicitud que se reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, los cuales se acreditarán en el plazo y con la documentación relacionada en la
base 8.1.
cve: BOE-A-2025-11265
Verificable en https://www.boe.es
b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
d) Habilitación: No haber sido separado o separada, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de personal funcionario.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o
equivalente, ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria o equivalente que
impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, o
equivalente de conformidad con la normativa de aplicación, o de la justificación
acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su
obtención.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación a título
habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico
universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas
al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
f) No poseer la condición de personal funcionario de carrera de la Escala Técnica
de Apoyo a la Docencia y a la Investigación de la Universidad de Granada.
Núm. 135
Jueves 5 de junio de 2025
2.
Sec. II.B. Pág. 73707
Requisitos de las personas aspirantes
2.1 Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán
reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:
a)
Nacionalidad:
1. Tener la nacionalidad española.
2. También podrán participar en igualdad de condiciones que los españoles:
a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Las personas aspirantes no residentes en España incluidas en el apartado b), así
como los extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud,
documento que acredite las condiciones que se alegan.
2.2 Estos requisitos deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como personal funcionario de la Universidad de Granada.
2.3 Para la admisión al proceso selectivo se deberá aportar, junto a la solicitud, la
justificación del abono de la correspondiente tasa por derechos de admisión o la
documentación que justifique el encontrarse exento o exenta del pago de la misma,
conforme a lo establecido en las bases 3.4 o 3.5 de esta convocatoria, según el caso, y
bastará con declarar en la solicitud que se reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, los cuales se acreditarán en el plazo y con la documentación relacionada en la
base 8.1.
cve: BOE-A-2025-11265
Verificable en https://www.boe.es
b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
d) Habilitación: No haber sido separado o separada, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de personal funcionario.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o
equivalente, ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria o equivalente que
impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, o
equivalente de conformidad con la normativa de aplicación, o de la justificación
acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su
obtención.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación a título
habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico
universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas
al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
f) No poseer la condición de personal funcionario de carrera de la Escala Técnica
de Apoyo a la Docencia y a la Investigación de la Universidad de Granada.