Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Becas. (BOE-A-2025-11306)
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convocan becas para cursar Ingeniería Agronómica Superior o grado equivalente en Escuelas Técnicas Superiores de Ingenieros Agrónomos, con cargo al «Legado Casado de la Fuente», para el curso 2025/2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 74092

Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, Ley 39/2015, de 1
de octubre).
El plazo de presentación de la solicitud y documentación será el comprendido entre
el día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y
el 31 de octubre de 2025, inclusive.
4.

Documentación

La solicitud irá acompañada de los siguientes documentos relativos a la persona
causante de la beca:
a) Justificación de estar matriculado/a en el curso 2025/2026 en estudios de
Ingeniería Agronómica Superior o de Grado equivalentes, en Escuelas Técnicas
Superiores de Ingenieros Agrónomos o de estudios equivalentes.
b) Justificación de que el/la/los/las progenitor/es han ejercido de docentes de
enseñanzas primaria y secundaria en medios rurales.
c) Justificante de las calificaciones obtenidas durante el curso 2024/2025, bien en la
convocatoria de junio, bien en la de septiembre, de acuerdo con el epígrafe 5.
A efectos de justificación de datos, MUFACE podrá solicitar además la
documentación complementaria que estime necesaria para comprobar la exactitud de los
mismos.
5.

Baremo

Se asignarán a cada solicitud los puntos resultantes de la aplicación de las siguientes
reglas:
A) Cuando se trate de iniciar los estudios de Ingeniería Agronómica Superior o de
Grado equivalentes, se consignará la Calificación de Acceso a la Universidad (CAU) que
se obtendrá, a estos efectos, exclusivamente, sumando el 40 por ciento de la calificación
global del Bloque Obligatorio obtenida en la Evaluación para el Acceso a la Universidad
(EvAU), siempre que sea mayor o igual a 4, más el 60 por ciento de la calificación final
del Bachillerato (CFB).
B) Cuando se trate de continuar los estudios de Ingeniería Agronómica Superior o de
Grado equivalentes, se tomará la calificación numérica de cada uno de los créditos
superados, de todos los cursos anteriores de la misma carrera o Grado en que se haya
matriculado el/la alumno/a, inclusive la convocatoria de junio y, en su caso, la de septiembre.
La nota media será la puntuación que se obtenga de la suma de los créditos
obtenidos por el/la alumno/a multiplicados cada uno de ellos por el valor de las
calificaciones que correspondan, dividida por el número de créditos totales obtenidos por
el/la alumno/a.
En el supuesto de producirse empate en las calificaciones tendrán prioridad, para la
asignación de las becas del legado, aquellas personas solicitantes que las hubieran
obtenido en el curso 2024/2025 y, de persistir el empate, se acudirá a aquellas que las
hubieran obtenido en el curso anterior, y así sucesivamente.
6.

Normas específicas

6.1 Resolución. Dado que la concesión de las becas del Legado convocadas se
efectúa en régimen de concurrencia competitiva, una vez concluido el plazo de
presentación de solicitudes y documentación, y examinadas y relacionadas por orden
decreciente de puntuación, MUFACE adoptará la resolución que proceda, con los
siguientes Listados: I. Solicitudes que resultan adjudicatarias de beca del Legado; II.
Solicitudes que no alcanzan la puntuación necesaria a pesar de reunir los requisitos y III.
Solicitudes excluidas.

cve: BOE-A-2025-11306
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 135