Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2025-11435)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Universitat Autònoma de Barcelona, M.P., para el desarrollo de programas de máster universitario, prácticas académicas externas y trabajos fin de máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Viernes 6 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 74626

d) Incorporarse al ICU del CSIC en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en
el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención
de riesgos laborales.
e) Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con el ICU del CSIC, conforme a las líneas establecidas en dicho proyecto.
f) Elaborar la memoria final de prácticas y, en su caso, un informe intermedio.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna del ICU del CSIC
y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante la realización de sus
prácticas, y por un periodo de tres años, finalizadas éstas. En todo caso, si durante la
realización de las prácticas y/o TFM surgiera algún resultado susceptible de protección,
el/la alumno/a deberá figurar como coautor/a de la invención, sin que ninguna de las
cláusulas de este convenio suponga la cesión o transmisión de cualquier derecho de
propiedad intelectual o industrial titularidad del CSIC.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del CSIC,
salvaguardando el buen nombre de la FUAB a la que pertenece.
i) Cualquier otro deber previsto en la normativa.
Quinta.

Solicitud y desarrollo de las prácticas.

1.º La FUAB, a efectos de poder incluir a los ICU del CSIC dentro de su oferta de
prácticas externas asociada a alguno de sus títulos, deberá solicitarlo mediante la
presentación al CSIC del anexo I de este convenio, que se incorporarán al mismo, y que
será firmado por la persona competente en la FUAB.
Las solicitudes se presentarán en el ICU del CSIC seleccionado por la FUAB para
desarrollar las prácticas y serán aprobadas, en su caso, por la dirección de éste
mediante su firma en el propio anexo I de solicitud. En este mismo anexo, si las partes
prevén que las prácticas generarán gasto, anotarán la cuantía del mismo; este gasto
correrá siempre a cargo de la FUAB que lo abonará al CSIC en el último trimestre de
cada año, después de la reunión de la comisión de seguimiento.
La dirección del ICU del CSIC aprobará cada solicitud de prácticas atendiendo a las
necesidades del servicio de su ICU y a las posibilidades de acogida y tutoría de las que
en ese momento disponga.
2.º Posteriormente la FUAB, conforme a las condiciones establecidas en el
artículo 17 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, procederá a difundir y adjudicar
entre sus estudiantes las prácticas, teniendo en cuenta los criterios objetivos
previamente fijados y garantizando, en todo caso, los principios de transparencia,
publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades.
3.º Una vez adjudicadas las plazas de prácticas, la FUAB presentará en los ICU del
CSIC donde previamente se haya aprobado el desarrollo de las mismas la relación del
alumnado que las realizará, con un mes de antelación al inicio de éstas. Esta relación se
recogerá en el anexo II de este convenio, y será firmada por la persona responsable de
prácticas de la FUAB y por la dirección del ICU del CSIC.
4.º Los detalles concretos del proyecto formativo de las prácticas se recogerán en
el anexo III de este convenio, y será firmado por las personas que ejerzan como tutoras
tanto de la FUAB como del ICU del CSIC donde se vayan a desarrollar las prácticas.
Asimismo, será firmado por el/la alumno/a.
5.º Los ICU del CSIC comunicarán y/o registrarán los anexos previstos en los
apartados anteriores, una vez firmados, en los sistemas de la Organización Central del
CSIC en la forma que se determine internamente.
Tendrán la misma consideración y efectos de los anexos incluidos en este convenio,
los formularios físicos o electrónicos de la FUAB dirigidos al mismo fin, siempre que

cve: BOE-A-2025-11435
Verificable en https://www.boe.es

La petición y realización por estudiantes de la FUAB de prácticas externas,
curriculares o extracurriculares, en el CSIC se tramitará siempre a través de los servicios
competentes de dicha FUAB, mediante el cumplimiento del siguiente procedimiento: