Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11429)
Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con la Sociedad Española de Documentación e Información Científica, para la cooperación y la organización conjunta de actividades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Viernes 6 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 74586

un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la
liquidación de las mismas.
De acuerdo al artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público el cumplimiento y la resolución del convenio dará lugar a la liquidación
del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una
de las partes, que se reflejará formalmente en un acta firmada por los integrantes de la
Comisión de seguimiento del convenio.
Décima.

Consecuencias en caso de incumplimiento del convenio.

En las actas de la comisión de seguimiento se acreditará el cumplimiento de las
obligaciones recíprocas y el acuerdo de cada parte.
De acuerdo con el artículo 49, punto e), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de
las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes y, en su caso, los
criterios para determinar la posible indemnización por el incumplimiento se determinarán
teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes.
Undécima.

Protección de Datos.

Las partes se comprometen a tratar los datos personales a los que puedan tener
acceso con la finalidad indicada en el presente convenio y a no utilizarlos para fines
distintos de los previstos en este convenio y a no difundirlos ni cederlos a terceros,
en cumplimiento con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Las partes, como responsables del tratamiento en el desarrollo de sus correspondientes
actividades derivadas del presente convenio, se comprometen a cumplir el RGPD y
la LOPDGDD, en cuanto a la recogida y tratamiento de los datos personales relacionados
con el presente.
El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y decisiones
individuales automatizadas, portabilidad y limitación del tratamiento de los datos
personales podrán ser ejercidos ante el Delegado de Protección de Datos del SEDIC y
el Delegado de Protección de Datos de la BNE, con quienes podrán contactar a través
de los correos electrónicos gerencia@sedic.es y dpd@bne.es, respectivamente.
Naturaleza del convenio y Jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución
y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes,
agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso
extrajudicial.
En su defecto, será competente para conocer las cuestiones litigiosas la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad con todo lo anterior, las partes citadas firman el
presente convenio de colaboración, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar
y fecha arriba indicados.–Por la BNE, el Director, Oscar Arroyo Ortega.–Por SEDIC, la
Presidenta, Rosario Lópaz Pérez.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-11429
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Duodécima.