Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Real Federación Aeronáutica Española. Estatutos. (BOE-A-2025-11505)
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la modificación de los Estatutos de la Real Federación Aeronáutica Española.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 75013
por acuerdo de la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva quien lo
trasladará a aquella con su informe.
Artículo 3.
La RFAE es una Federación Española que agrupa a diferentes especialidades
deportivas integradas en la Modalidad Deportes Aéreos. Las especialidades deportivas
integradas son las siguientes:
Aeromodelismo.
Aerostación.
Ala Delta.
Paracaidismo.
Paramotor.
Parapente.
Ultraligeros.
Vuelo acrobático.
Vuelo a vela.
Vuelo con motor.
La debida coordinación de estas especialidades deportivas, para su mejor
funcionalidad dentro de una sola Federación, será establecida reglamentariamente,
conforme a lo previsto en estos Estatutos.
La Federación no cuenta con especialidad principal, sin perjuicio de lo que pueda
disponer la orden reguladora de procesos electorales vigente en cada momento.
Artículo 4.
La RFAE se estructura territorialmente en las Federaciones Aéreas de ámbito
autonómico establecidas en las respectivas Comunidades que integran el Estado
Español.
La estructura territorial de la RFAE se ajustará a la del Estado en Comunidades
Autónomas.
Artículo 5.
La RFAE no permitirá discriminación alguna de carácter político, religioso o racial, o
por razones de nacimiento, de opinión u otra circunstancia personal o social, en la
práctica de los deportes que constituyen el ámbito de su actividad, ni de las personas,
órganos o estamentos que la integran, ni en los deportistas a ella sujetos.
CAPÍTULO II
Misión y funciones de la RFAE
La misión de la RFAE es potenciar la práctica, con especial atención a la seguridad,
de los Deportes Aéreos en España, reforzando el deporte de base y creando un entorno
que permita a los deportistas de alta competición alcanzar el nivel técnico necesario para
equipararse a los mejores a nivel internacional.
Todo ello basado en una inequívoca política de apoyo y respaldo de las distintas
Federaciones Aéreas de ámbito autonómico.
Artículo 7.
1. Sin perjuicio de las competencias que pueda corresponder a las Federaciones
Autonómicas en sus respectivos ámbitos territoriales, son fines propios de la RFAE los
cve: BOE-A-2025-11505
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 6.
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 75013
por acuerdo de la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva quien lo
trasladará a aquella con su informe.
Artículo 3.
La RFAE es una Federación Española que agrupa a diferentes especialidades
deportivas integradas en la Modalidad Deportes Aéreos. Las especialidades deportivas
integradas son las siguientes:
Aeromodelismo.
Aerostación.
Ala Delta.
Paracaidismo.
Paramotor.
Parapente.
Ultraligeros.
Vuelo acrobático.
Vuelo a vela.
Vuelo con motor.
La debida coordinación de estas especialidades deportivas, para su mejor
funcionalidad dentro de una sola Federación, será establecida reglamentariamente,
conforme a lo previsto en estos Estatutos.
La Federación no cuenta con especialidad principal, sin perjuicio de lo que pueda
disponer la orden reguladora de procesos electorales vigente en cada momento.
Artículo 4.
La RFAE se estructura territorialmente en las Federaciones Aéreas de ámbito
autonómico establecidas en las respectivas Comunidades que integran el Estado
Español.
La estructura territorial de la RFAE se ajustará a la del Estado en Comunidades
Autónomas.
Artículo 5.
La RFAE no permitirá discriminación alguna de carácter político, religioso o racial, o
por razones de nacimiento, de opinión u otra circunstancia personal o social, en la
práctica de los deportes que constituyen el ámbito de su actividad, ni de las personas,
órganos o estamentos que la integran, ni en los deportistas a ella sujetos.
CAPÍTULO II
Misión y funciones de la RFAE
La misión de la RFAE es potenciar la práctica, con especial atención a la seguridad,
de los Deportes Aéreos en España, reforzando el deporte de base y creando un entorno
que permita a los deportistas de alta competición alcanzar el nivel técnico necesario para
equipararse a los mejores a nivel internacional.
Todo ello basado en una inequívoca política de apoyo y respaldo de las distintas
Federaciones Aéreas de ámbito autonómico.
Artículo 7.
1. Sin perjuicio de las competencias que pueda corresponder a las Federaciones
Autonómicas en sus respectivos ámbitos territoriales, son fines propios de la RFAE los
cve: BOE-A-2025-11505
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 6.