Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-11507)
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de mayo de 2025, por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental al «Proyecto para la mejora de la eficiencia hídrica y energética en la zona regable de la Comunidad de Regantes Trasvase Tajo-Segura de Totana (Murcia)», comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, Fase II.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 75051
Con el fin de asegurar el más elevado nivel de protección ambiental en la ejecución
de los proyectos acogidos al artículo 8.3, el Consejo de Ministros celebrado el 11 de julio
de 2023 aprobó el Acuerdo por el que se establece un protocolo de actuación, para su
aplicación a los proyectos incluidos en el Plan para la mejora de la eficiencia y la
sostenibilidad en regadíos, que queden comprendidos en el artículo 66 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre. En este protocolo se establecen un conjunto articulado
de documentos, que garantizan la plena sujeción a los principios de precaución y acción
cautelar, desarrollo sostenible e integración de los aspectos ambientales en la toma de
decisiones. El cumplimiento del mismo, por tanto, constituye una forma alternativa de
evaluación tal y como establece el artículo 8.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, en su reunión del día 27 de mayo de 2025, el Consejo de Ministros
acuerda:
Solicitud exclusión de evaluación de impacto ambiental.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, como órgano sustantivo y de
conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, solicita la exclusión del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del
«Proyecto para la mejora de la eficiencia hídrica y energética en la zona regable de la
Comunidad de Regantes Trasvase Tajo-Segura de Totana (Murcia)».
Este proyecto complementa otro anterior de la Comunidad de Regantes, denominado
«Proyecto de consolidación de la zona regable con la mejora del aprovechamiento y
gestión de los recursos de aguas no convencionales para la Comunidad de Regantes
Trasvase Tajo‐Segura de Totana (Murcia)», comprendido en las obras de modernización
de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos,
incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía
española, Fase II.
El objetivo de este proyecto es la modernización de las infraestructuras de la
Comunidad de Regantes para mejorar la eficiencia hídrica y energética de las mismas.
Para ello se actualizarán diversos tramos de la red de distribución de agua de la
Comunidad de Regantes, facilitando la implantación de sistemas eficientes de aplicación
del agua en parcela. Asimismo, la renovación de los sistemas de bombeo permitirá la
mejora de la eficiencia energética del sistema.
El proyecto consiste en la realización de diversas actuaciones de modernización:
instalación y renovación de diversos tramos de tuberías, algunos de los cuales permitirán
establecer riego localizado en las parcelas beneficiadas; construcción de una nueva
balsa de almacenamiento y regulación en la EDAR de Totana, origen de las aguas
regeneradas utilizadas por la Comunidad de Regantes; renovación de la
impermeabilización de las balsas de la Comunidad y cubrición de su lámina de agua
para evitar pérdidas por evaporación y la proliferación de algas; instalación de
caudalímetros en los ramales secundarios de una parte de la superficie de la
Comunidad; y, por último, la renovación de los equipos de bombeo en una de las
captaciones de la Comunidad.
La actualización del bombeo supondrá una mejora de la eficiencia energética, por la
instalación de equipos más eficientes. La mejora de la eficiencia permitirá obtener un
ahorro de energía de 26.217 kWh/año, alrededor de un 21 % del consumo actual. Esto
permitirá reducir la dependencia energética de energías fósiles y una reducción total de
emisiones de 6.849,34 kg CO2eq/año, contribuyendo así sustancialmente al objetivo
medioambiental de mitigación del cambio climático.
Ante los escenarios de cambio climático de reducción de la disponibilidad hídrica y
aumento de frecuencia de los episodios de sequía, el proyecto mejora la capacidad de
gestión en el uso del agua, la capacidad de almacenamiento y asegurará la
cve: BOE-A-2025-11507
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 75051
Con el fin de asegurar el más elevado nivel de protección ambiental en la ejecución
de los proyectos acogidos al artículo 8.3, el Consejo de Ministros celebrado el 11 de julio
de 2023 aprobó el Acuerdo por el que se establece un protocolo de actuación, para su
aplicación a los proyectos incluidos en el Plan para la mejora de la eficiencia y la
sostenibilidad en regadíos, que queden comprendidos en el artículo 66 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre. En este protocolo se establecen un conjunto articulado
de documentos, que garantizan la plena sujeción a los principios de precaución y acción
cautelar, desarrollo sostenible e integración de los aspectos ambientales en la toma de
decisiones. El cumplimiento del mismo, por tanto, constituye una forma alternativa de
evaluación tal y como establece el artículo 8.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, en su reunión del día 27 de mayo de 2025, el Consejo de Ministros
acuerda:
Solicitud exclusión de evaluación de impacto ambiental.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, como órgano sustantivo y de
conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, solicita la exclusión del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del
«Proyecto para la mejora de la eficiencia hídrica y energética en la zona regable de la
Comunidad de Regantes Trasvase Tajo-Segura de Totana (Murcia)».
Este proyecto complementa otro anterior de la Comunidad de Regantes, denominado
«Proyecto de consolidación de la zona regable con la mejora del aprovechamiento y
gestión de los recursos de aguas no convencionales para la Comunidad de Regantes
Trasvase Tajo‐Segura de Totana (Murcia)», comprendido en las obras de modernización
de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos,
incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía
española, Fase II.
El objetivo de este proyecto es la modernización de las infraestructuras de la
Comunidad de Regantes para mejorar la eficiencia hídrica y energética de las mismas.
Para ello se actualizarán diversos tramos de la red de distribución de agua de la
Comunidad de Regantes, facilitando la implantación de sistemas eficientes de aplicación
del agua en parcela. Asimismo, la renovación de los sistemas de bombeo permitirá la
mejora de la eficiencia energética del sistema.
El proyecto consiste en la realización de diversas actuaciones de modernización:
instalación y renovación de diversos tramos de tuberías, algunos de los cuales permitirán
establecer riego localizado en las parcelas beneficiadas; construcción de una nueva
balsa de almacenamiento y regulación en la EDAR de Totana, origen de las aguas
regeneradas utilizadas por la Comunidad de Regantes; renovación de la
impermeabilización de las balsas de la Comunidad y cubrición de su lámina de agua
para evitar pérdidas por evaporación y la proliferación de algas; instalación de
caudalímetros en los ramales secundarios de una parte de la superficie de la
Comunidad; y, por último, la renovación de los equipos de bombeo en una de las
captaciones de la Comunidad.
La actualización del bombeo supondrá una mejora de la eficiencia energética, por la
instalación de equipos más eficientes. La mejora de la eficiencia permitirá obtener un
ahorro de energía de 26.217 kWh/año, alrededor de un 21 % del consumo actual. Esto
permitirá reducir la dependencia energética de energías fósiles y una reducción total de
emisiones de 6.849,34 kg CO2eq/año, contribuyendo así sustancialmente al objetivo
medioambiental de mitigación del cambio climático.
Ante los escenarios de cambio climático de reducción de la disponibilidad hídrica y
aumento de frecuencia de los episodios de sequía, el proyecto mejora la capacidad de
gestión en el uso del agua, la capacidad de almacenamiento y asegurará la
cve: BOE-A-2025-11507
Verificable en https://www.boe.es
Primero.