Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11468)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, SA, S.M.E., y el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., para proyecto de I+D sobre el estudio sobre la influencia de la vegetación en el comportamiento de la capa de biointrusión en las coberturas piloto del centro de almacenamiento de El Cabril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Sábado 7 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 74758

Por cuanto antecede Ciemat y Enresa convienen el otorgamiento del presente
convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es establecer los términos y condiciones en que
Ciemat y Enresa desarrollarán el programa de investigación bajo el título «Estudio sobre
la influencia de la vegetación en el comportamiento de la capa de biointrusión en las
coberturas piloto del centro de almacenamiento de El Cabril (VEBIOCA)».
Los trabajos objeto del presente convenio tendrán el alcance descrito en la memoria
técnica y económica anexa, que se aprueba y constituye parte integrante del presente
convenio.
Segunda.

Obligaciones de las partes.

Serán obligaciones de Enresa:
– Para la ejecución del presente convenio, contribuir hasta un importe máximo
de 326.250 € (trescientos veinte y seis mil doscientos cincuenta euros), de conformidad
con el detalle que se contiene en la cláusula tercera de este convenio y en la memoria
técnica y económica anexa.
– Asesoramiento técnico en base a la experiencia en el área de la gestión del
combustible gastado y residuos radiactivos cuando sea necesario.
– Mantener con carácter permanente los equipos de trabajo necesarios para la
ejecución de los trabajos objeto de este convenio, de forma que permitan el
cumplimiento de los plazos establecidos en la cláusula décima.
– Participar activamente en el seguimiento del proyecto según los mecanismos
descritos en la cláusula cuarta.
Serán obligaciones de Ciemat:
– Para la ejecución del objeto del convenio contribuir hasta un importe máximo
de 108.750 € (ciento ocho mil setecientos cincuenta euros), de conformidad con el detalle
que se contiene en la cláusula tercera de este convenio y en la memoria técnica y
económica anexa.
– Mantener con carácter permanente los equipos de trabajo necesarios para la
ejecución de los trabajos objeto de este convenio, de forma que permitan el
cumplimiento de los plazos establecidos en la cláusula décima.
– Participar activamente en el seguimiento del proyecto según los mecanismos
descritos en la cláusula cuarta.

Para el desarrollo del objeto del presente convenio, las partes contribuirán con
personal, fungible, material y otros gastos. El coste total previsto para la realización del
proyecto asciende a 435.000 euros, IVA no incluido, sumando las contribuciones de
Ciemat y Enresa. Enresa contribuirá con el 75 % del coste del proyecto y Ciemat
contribuirá con el 25 %.
La contribución se hará en base a los informes técnicos de seguimiento de I+D de
periodicidad semestral, especificados en la memoria técnica, tras su elaboración y
aceptación por ambas partes. Las partes soportarán los tributos que a cada una de ellas
corresponda con arreglo a las leyes.
El Ciemat asume sus costes de participación con cargo a las aplicaciones
presupuestarias 28.103.467H.2 y 28.103.467H.6.

cve: BOE-A-2025-11468
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Condiciones económicas.