Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11636)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Cáncer de Mama, para colaborar en la realización del encuentro «Cáncer de mama: decisiones compartidas, innovación e Inteligencia Artificial en Oncología».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138
Lunes 9 de junio de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 75964
Compromisos asumidos por FECMA.
I. Aspectos académicos.
– FECMA propondrá a la UIMP la persona que se hará cargo de la dirección
académica del encuentro, que será quién lleve a cabo el desarrollo del diseño académico
del mismo y la propuesta de los ponentes participantes. La propuesta de programa
deberá contar con la aprobación de las partes firmantes.
– FECMA se hará cargo de la secretaría académica del encuentro y sus
representantes participarán en las presentaciones de las mesas redondas del encuentro
y en la moderación de las mismas.
II.
Gestión del encuentro.
i. FECMA se encargará directamente, de acuerdo a sus procedimientos y
normativa, de las siguientes gestiones:
– Gestionará los viajes, alojamientos y manutención de los representantes de
asociaciones de pacientes pertenecientes a FECMA que participen en el programa.
ii. FECMA mantendrá indemne a la UIMP de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia
federación realiza, asumiendo ésta toda la responsabilidad frente al profesorado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
III. Compromiso económico.
i. Aportación a la UIMP. Realizará una aportación económica a la UIMP para
financiar los gastos del encuentro, por un importe de diecisiete mil ciento treinta y un
euros (17.131,00 euros), de acuerdo con el presupuesto aprobado por ambas partes que
se adjunta como anexo. FECMA no asumirá ninguna aportación a la UIMP por importe
superior a la cantidad indicada en este párrafo.
Esta aportación se abonará mediante transferencia a la cuenta n.º
ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid, estableciéndose como
requisito para el pago que se haya celebrado el encuentro de conformidad con lo
previsto y acordado en este convenio y que la UIMP haya presentado el correspondiente
requerimiento de pago antes del 15 de noviembre de 2025. Los responsables del
seguimiento del convenio certificarán conjuntamente que se cumplen los requisitos para
que se proceda a este pago. FECMA deberá hacer efectivo el pago en el plazo de un
mes desde la emisión de la citada certificación.
En el caso de que el encuentro no pudiera celebrarse por causa de fuerza mayor, por
la falta del número mínimo de alumnos requerido según la normativa de la UIMP, o por
cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, FECMA únicamente
deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe de aquellos gastos que
ya se hubieran realizado antes de la cancelación del encuentro y no pudieran
recuperarse, según liquidación que presentará la UIMP, hasta el máximo indicado en el
primer párrafo de este apartado.
ii. Aportación en servicios. FECMA asumirá directamente, con cargo a medios
propios de su presupuesto ordinario, la financiación de las actuaciones que gestiona de
acuerdo con lo indicado en el apartado II de esta cláusula. Esto no implica un traspaso
de fondos a la UIMP.
cve: BOE-A-2025-11636
Verificable en https://www.boe.es
FECMA asume el siguiente compromiso económico en virtud de este convenio:
Núm. 138
Lunes 9 de junio de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 75964
Compromisos asumidos por FECMA.
I. Aspectos académicos.
– FECMA propondrá a la UIMP la persona que se hará cargo de la dirección
académica del encuentro, que será quién lleve a cabo el desarrollo del diseño académico
del mismo y la propuesta de los ponentes participantes. La propuesta de programa
deberá contar con la aprobación de las partes firmantes.
– FECMA se hará cargo de la secretaría académica del encuentro y sus
representantes participarán en las presentaciones de las mesas redondas del encuentro
y en la moderación de las mismas.
II.
Gestión del encuentro.
i. FECMA se encargará directamente, de acuerdo a sus procedimientos y
normativa, de las siguientes gestiones:
– Gestionará los viajes, alojamientos y manutención de los representantes de
asociaciones de pacientes pertenecientes a FECMA que participen en el programa.
ii. FECMA mantendrá indemne a la UIMP de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia
federación realiza, asumiendo ésta toda la responsabilidad frente al profesorado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
III. Compromiso económico.
i. Aportación a la UIMP. Realizará una aportación económica a la UIMP para
financiar los gastos del encuentro, por un importe de diecisiete mil ciento treinta y un
euros (17.131,00 euros), de acuerdo con el presupuesto aprobado por ambas partes que
se adjunta como anexo. FECMA no asumirá ninguna aportación a la UIMP por importe
superior a la cantidad indicada en este párrafo.
Esta aportación se abonará mediante transferencia a la cuenta n.º
ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid, estableciéndose como
requisito para el pago que se haya celebrado el encuentro de conformidad con lo
previsto y acordado en este convenio y que la UIMP haya presentado el correspondiente
requerimiento de pago antes del 15 de noviembre de 2025. Los responsables del
seguimiento del convenio certificarán conjuntamente que se cumplen los requisitos para
que se proceda a este pago. FECMA deberá hacer efectivo el pago en el plazo de un
mes desde la emisión de la citada certificación.
En el caso de que el encuentro no pudiera celebrarse por causa de fuerza mayor, por
la falta del número mínimo de alumnos requerido según la normativa de la UIMP, o por
cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, FECMA únicamente
deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe de aquellos gastos que
ya se hubieran realizado antes de la cancelación del encuentro y no pudieran
recuperarse, según liquidación que presentará la UIMP, hasta el máximo indicado en el
primer párrafo de este apartado.
ii. Aportación en servicios. FECMA asumirá directamente, con cargo a medios
propios de su presupuesto ordinario, la financiación de las actuaciones que gestiona de
acuerdo con lo indicado en el apartado II de esta cláusula. Esto no implica un traspaso
de fondos a la UIMP.
cve: BOE-A-2025-11636
Verificable en https://www.boe.es
FECMA asume el siguiente compromiso económico en virtud de este convenio: