Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11637)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Satlantis Microsats, SL, para colaborar en el «IV Encuentro sobre SmallSats. 2025: Año de definiciones estratégicas para el sector espacial».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Lunes 9 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 75970

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
11637

Resolución de 2 de junio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Satlantis Microsats, SL,
para colaborar en el «IV Encuentro sobre SmallSats. 2025: Año de
definiciones estratégicas para el sector espacial».

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O. A. y Satlantis Microsats, SL, han
suscrito, con fecha 28 de mayo de 2025, un convenio para colaborar en la realización del
encuentro «IV Encuentro sobre SmallSats. 2025: Año de definiciones estratégicas para
el sector espacial», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 2 de junio de 2025.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., P. D. (Resolución de 24 de abril de 2019), el Gerente, Rafael Álvarez
Luque.
ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. y Satlantis
Microsats, SL, para colaborar en la realización de un encuentro «IV Encuentro
sobre SmallSats. 2025: Año de definiciones estratégicas para el sector espacial»
REUNIDOS

Los presentes declaran que las facultades con las que actúan se encuentran
vigentes y que, en su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de
este documento; capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio
propios dependiente del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, de acuerdo
con lo establecido en el Real Decreto 472/2024, de 7 de mayo, por el que se desarrolla
la estructura orgánica básica de dicho Ministerio. La UIMP, según su Estatuto, se define

cve: BOE-A-2025-11637
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, don Carlos Andradas Heranz, actuando en nombre y representación
de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. –en adelante UIMP– (organismo
con NIF Q-2818022-B y domicilio social en calle Isaac Peral, n.º 23, 28040 Madrid), en
su condición de Rector Magnífico de la misma, cargo para el que fue nombrado por Real
Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el
artículo 12.4 del Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, aprobado
por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y de otra, don Juan Tomás Hernani Burzaco, actuando en nombre y representación
de Satlantis Microsats, SL, –en adelante, Satlantis–, (entidad con NIF A-95783932 y
domicilio social en Edificio Sede 2.ª planta, Parque Científico, Campus UPV Bizkaia,
48940 Leioa, Vizcaya), en su condición de Consejero Delegado y apoderado, y en el
ejercicio de las competencias atribuidas en escritura de apoderamiento otorgada el 6 de
noviembre de 2014 ante el notario de Madrid don Ignacio Martínez-Gil Vich bajo el
número 2.575 de su protocolo.