Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11621)
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Mula, para el desarrollo de actuaciones de conservación y mantenimiento de cauces de dominio público hidráulico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138
Lunes 9 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 75824
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
11621
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Confederación Hidrográfica del
Segura, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Mula,
para el desarrollo de actuaciones de conservación y mantenimiento de
cauces de dominio público hidráulico.
Con fecha 27 de diciembre de 2024 se suscribe el convenio entre el Ayuntamiento de
Mula y la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., para el desarrollo de actuaciones
de conservación y mantenimiento de los cauces de dominio público hidráulico en ese
término municipal y de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015
de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anexo a la presente
resolución.
Murcia, 29 de mayo de 2025.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del
Segura, O.A., Mario Andrés Urrea Mallebrera.
ANEXO
Convenio entre el Ayuntamiento de Mula (Murcia) y la Confederación Hidrográfica
del Segura, O.A., para el desarrollo de actuaciones de conservación y mantenimiento
de cauces de dominio público hidráulico en ese término municipal
En Murcia, en fecha de la firma electrónica.
REUNIDOS
Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto
EXPONEN
1. La Constitución Española reconoce en su artículo 45, como principio rector de la
política social y económica, el derecho de disfrutar de un medio ambiente adecuado para
el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo y la obligación de los
poderes públicos de velar por la utilización racional de todos los recursos naturales, con
cve: BOE-A-2025-11621
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, don Mario Andrés Urrea Mallebrera Presidente de la Confederación
Hidrográfica del Segura, O.A., Organismo Autónomo adscrito al Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en virtud del nombramiento efectuado por
Resolución de 2 de Abril de 2019 de la Subsecretaría del Ministerio para la Transición
Ecológica, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el artículo 30 de
la Ley de Aguas, según la redacción dada a la misma por el Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los
artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.
Y de otra parte, don Juan Jesús Moreno García Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
de Mula, nombrado en el Pleno de Constitución de fecha 17 de Junio de 2023, en
ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases del Régimen Local.
Núm. 138
Lunes 9 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 75824
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
11621
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Confederación Hidrográfica del
Segura, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Mula,
para el desarrollo de actuaciones de conservación y mantenimiento de
cauces de dominio público hidráulico.
Con fecha 27 de diciembre de 2024 se suscribe el convenio entre el Ayuntamiento de
Mula y la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., para el desarrollo de actuaciones
de conservación y mantenimiento de los cauces de dominio público hidráulico en ese
término municipal y de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015
de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anexo a la presente
resolución.
Murcia, 29 de mayo de 2025.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del
Segura, O.A., Mario Andrés Urrea Mallebrera.
ANEXO
Convenio entre el Ayuntamiento de Mula (Murcia) y la Confederación Hidrográfica
del Segura, O.A., para el desarrollo de actuaciones de conservación y mantenimiento
de cauces de dominio público hidráulico en ese término municipal
En Murcia, en fecha de la firma electrónica.
REUNIDOS
Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto
EXPONEN
1. La Constitución Española reconoce en su artículo 45, como principio rector de la
política social y económica, el derecho de disfrutar de un medio ambiente adecuado para
el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo y la obligación de los
poderes públicos de velar por la utilización racional de todos los recursos naturales, con
cve: BOE-A-2025-11621
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, don Mario Andrés Urrea Mallebrera Presidente de la Confederación
Hidrográfica del Segura, O.A., Organismo Autónomo adscrito al Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en virtud del nombramiento efectuado por
Resolución de 2 de Abril de 2019 de la Subsecretaría del Ministerio para la Transición
Ecológica, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el artículo 30 de
la Ley de Aguas, según la redacción dada a la misma por el Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los
artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.
Y de otra parte, don Juan Jesús Moreno García Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
de Mula, nombrado en el Pleno de Constitución de fecha 17 de Junio de 2023, en
ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases del Régimen Local.