Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2025-11536)
Resolución de 3 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138
Lunes 9 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 75209
Únicamente se tomarán en consideración aquellas solicitudes que se ajusten al
modelo de referencia, así como los datos y méritos que expresamente queden
consignados en las mismas.
Tercera.
Por el órgano competente del Departamento se efectuarán los nombramientos de los
aspirantes que se consideren más idóneos para desempeñar los puestos de trabajo
convocados, pudiendo, en su caso, declararse desiertos los puestos ofertados.
Cuarta.
La permanencia en los puestos se ajustará a lo establecido en el artículo 13 del Real
Decreto 262/2019, de 12 de abril, por el que se establece la estructura de las
Consejerías del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en el exterior y se regula
la organización, funciones y provisión de puestos de trabajo.
La fecha de efectos de los nombramientos en los puestos de trabajo que finalmente
se adjudiquen será el 1 de septiembre de 2025, a excepción del puesto de Consejero/
Consejera en la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación en la Misión
Diplomática de España en la República Italiana, acreditada también ante la Organización
de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) que será el 1 de
agosto de 2025.
Contra la presente resolución, se podrá interponer con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su
publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso
de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
cve: BOE-A-2025-11536
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 3 de junio de 2025.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación,
Ernesto Abati García-Manso.
Núm. 138
Lunes 9 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 75209
Únicamente se tomarán en consideración aquellas solicitudes que se ajusten al
modelo de referencia, así como los datos y méritos que expresamente queden
consignados en las mismas.
Tercera.
Por el órgano competente del Departamento se efectuarán los nombramientos de los
aspirantes que se consideren más idóneos para desempeñar los puestos de trabajo
convocados, pudiendo, en su caso, declararse desiertos los puestos ofertados.
Cuarta.
La permanencia en los puestos se ajustará a lo establecido en el artículo 13 del Real
Decreto 262/2019, de 12 de abril, por el que se establece la estructura de las
Consejerías del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en el exterior y se regula
la organización, funciones y provisión de puestos de trabajo.
La fecha de efectos de los nombramientos en los puestos de trabajo que finalmente
se adjudiquen será el 1 de septiembre de 2025, a excepción del puesto de Consejero/
Consejera en la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación en la Misión
Diplomática de España en la República Italiana, acreditada también ante la Organización
de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) que será el 1 de
agosto de 2025.
Contra la presente resolución, se podrá interponer con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su
publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso
de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
cve: BOE-A-2025-11536
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 3 de junio de 2025.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación,
Ernesto Abati García-Manso.