Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11573)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional de España, O.A., y la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, para la organización del proyecto expositivo «Jorge Semprún. El largo viaje».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 9 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 75520

La Biblioteca Nacional de España asume directamente con cargo a sus
presupuestos:
– La cesión de la sala Hipóstila para la muestra y demás espacios en los que se
puedan celebrar las actividades complementarias.
– Los gastos de seguridad y mantenimiento de la sala de exposiciones y de los
espacios que se utilicen para las actividades complementarias, así como los gastos de
suministro de iluminación y limpieza.
– La coordinación de la muestra en sede de Biblioteca Nacional de España y de las
actividades complementarias, en su caso.
– Redacción de los informes de conservación de las obras por parte de la BNE, tanto
en el montaje como en el desmontaje.
– Facilitar la coordinación y desarrollo del acto inaugural en su sede, junto a las
demás instituciones.
– La difusión de la muestra y de las actividades, conforme a los medios habituales a
su alcance.
Además de lo anterior, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática a
través de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, dará su visto bueno al
discurso expositivo, así como al programa cultural complementario de la exposición en
consenso con las demás instituciones organizadoras.
El importe de las actuaciones necesarias para llevar a cabo la exposición y las
actividades complementarias por parte de la Secretaría de Estado de Memoria
Democrática asciende a un máximo de 120.000 euros con cargo a la
aplicación 22.03.925M.227.06 correspondientes al año 2025.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, las aportaciones financieras que se comprometan a realizar los firmantes no
podrán ser superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.
La aportación del Ministerio de Cultura, a través de la Dirección General de
Patrimonio Cultural y Bellas Artes, incluye los compromisos de gestión anteriormente
descritos en esta misma cláusula.
La aportación económica de la Biblioteca Nacional de España por la realización de las
actividades anteriores, se estima en un máximo de 30.000 euros con cargo a las
aplicaciones presupuestarias 24.104.332B.227.01, 24.104.332B.227.06 y 24.104.332B.227.00
correspondientes a 2025.
La aportación económica de la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA,
por la realización de las actividades anteriores se estima en un máximo de 10.000 euros,
más el IVA que en su caso corresponda, sin incluir la inversión realizada para su
producción y presentación en sedes anteriores.
Tercera. Difusión de la colaboración.
Las partes se reconocen entre sí, como entidades coorganizadoras en las citadas
actividades, el mismo nivel de representación. De este modo, se comprometen a incluir y
difundir la presente colaboración en todo el material divulgativo y publicitario que se
edite, en cualquier soporte, con motivo de la colaboración prevista en la cláusula primera
del presente convenio.
Las partes se reconocen el derecho a realizar a su cargo campañas de publicidad
propias y a difundir por su cuenta, y a través de los medios que tengan por conveniente,
su aportación a la colaboración.
A efectos de lo previsto en la presente cláusula, las partes se proporcionarán
mutuamente los logotipos que deban ser difundidos, y se ajustarán en todo caso,
cualquiera que sea el material en el que se inserten, a los diseños facilitados que no
podrán modificar ni alterar de ninguna manera sin el consentimiento previo de la otra
parte.

cve: BOE-A-2025-11573
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Núm. 138