Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2025-11657)
Orden PJC/596/2025, de 2 de junio, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas, se publican los Tribunales calificadores únicos y Tribunales delegados y se fija fecha para la realización del ejercicio de la fase de oposición en los procesos selectivos para acceso por turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocados por Orden PJC/1437/2024, de 3 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 76101
En todo caso, las personas aspirantes deberán comprobar no solo que no figuran en
la relación de excluidas sino, también, que sus nombres y demás datos constan
correctamente en la relación de admitidas.
Quinto.
Tanto las personas aspirantes excluidas como las omitidas por no figurar en las listas
de admitidas ni en la de excluidas, podrán subsanar los defectos que hayan motivado su
exclusión o su omisión en las listas, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».
La subsanación de la solicitud o, en su caso, la modificación de los datos de la
misma, deberá realizarse online a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas
Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/
buscarConvocatoriasSubsanar#convocatoriasSubRef).
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o
aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas
admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
Sexto.
La inclusión de aspirantes en esta relación de personas admitidas a las pruebas
selectivas, por el turno general y por el cupo de reserva para personas con discapacidad
no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los
mismos reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la respectiva orden de
convocatoria. La acreditación y verificación de estos tendrá lugar para los aspirantes que
superen el proceso selectivo, antes de su nombramiento como funcionarios, tal y como
se indica en el artículo 23 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de
Justicia; y en la base octava de la orden de convocatoria.
Séptimo.
Finalizado el plazo de subsanación se elevarán a definitivas las relaciones de
personas aspirantes admitidas y excluidas, exponiéndose para su total difusión en los
mismos lugares que las provisionales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 1451/2005, de 7
de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la
Administración de Justicia y, en la base 6 de la Orden PJC/1437/2024, de 4 de
diciembre, este Ministerio ha resuelto nombrar el Tribunal Calificador Único del proceso
selectivo para acceso por turno libre al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que
tendrá la categoría segunda, el Tribunal Calificador Único del proceso selectivo para
acceso por turno libre al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa que tendrá la
categoría segunda y el Tribunal Calificador Único del proceso selectivo para acceso por
turno libre al Cuerpo de Auxilio Judicial que tendrá la categoría tercera; todos ellos
figuran en el anexo V de la presente orden de acuerdo con lo establecido en la base 6 de
la citada orden de convocatoria y en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
Noveno.
Se procede a nombrar los tribunales delegados que figuran en el anexo VI de esta
orden conforme a la base sexta de la convocatoria.
cve: BOE-A-2025-11657
Verificable en https://www.boe.es
Octavo.
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 76101
En todo caso, las personas aspirantes deberán comprobar no solo que no figuran en
la relación de excluidas sino, también, que sus nombres y demás datos constan
correctamente en la relación de admitidas.
Quinto.
Tanto las personas aspirantes excluidas como las omitidas por no figurar en las listas
de admitidas ni en la de excluidas, podrán subsanar los defectos que hayan motivado su
exclusión o su omisión en las listas, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».
La subsanación de la solicitud o, en su caso, la modificación de los datos de la
misma, deberá realizarse online a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas
Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/
buscarConvocatoriasSubsanar#convocatoriasSubRef).
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o
aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas
admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
Sexto.
La inclusión de aspirantes en esta relación de personas admitidas a las pruebas
selectivas, por el turno general y por el cupo de reserva para personas con discapacidad
no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los
mismos reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la respectiva orden de
convocatoria. La acreditación y verificación de estos tendrá lugar para los aspirantes que
superen el proceso selectivo, antes de su nombramiento como funcionarios, tal y como
se indica en el artículo 23 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de
Justicia; y en la base octava de la orden de convocatoria.
Séptimo.
Finalizado el plazo de subsanación se elevarán a definitivas las relaciones de
personas aspirantes admitidas y excluidas, exponiéndose para su total difusión en los
mismos lugares que las provisionales.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 1451/2005, de 7
de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la
Administración de Justicia y, en la base 6 de la Orden PJC/1437/2024, de 4 de
diciembre, este Ministerio ha resuelto nombrar el Tribunal Calificador Único del proceso
selectivo para acceso por turno libre al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que
tendrá la categoría segunda, el Tribunal Calificador Único del proceso selectivo para
acceso por turno libre al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa que tendrá la
categoría segunda y el Tribunal Calificador Único del proceso selectivo para acceso por
turno libre al Cuerpo de Auxilio Judicial que tendrá la categoría tercera; todos ellos
figuran en el anexo V de la presente orden de acuerdo con lo establecido en la base 6 de
la citada orden de convocatoria y en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
Noveno.
Se procede a nombrar los tribunales delegados que figuran en el anexo VI de esta
orden conforme a la base sexta de la convocatoria.
cve: BOE-A-2025-11657
Verificable en https://www.boe.es
Octavo.