Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11698)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud, la Fundación Estatal, Salud, Infancia y Bienestar, F.S.P., y el Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, relativo a la colaboración para la realización de una campaña de publicidad institucional relativa a hábitos saludables en la infancia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 76384
Cuarto.
Que esta campaña de publicidad institucional de promoción de hábitos saludables se
enmarca dentro del desarrollo del Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la
Obesidad Infantil (2022-2030), (en adelante PENROI).
Este Plan cuenta con un horizonte temporal de ocho años y en él se recogen un total
de 200 medidas organizadas en entornos de acción que se corresponden con diferentes
ámbitos competenciales. Dentro de este sistema, el Ministerio de Sanidad tiene un papel
de primus inter pares, ya que el Comité Interministerial de seguimiento e impulso del
Plan, creado por el Real Decreto 763/2024, de 30 de julio, está presidido por el Ministerio
de Sanidad.
Entre estas medidas se encuentra crear alianzas con líderes de opinión, actores de
los sectores del deporte, alimentación, gastronomía y audiovisual y medios de
comunicación para la difusión de hábitos y estilos de vida saludables para niños, niñas y
adolescentes, así como la sensibilización a la población.
Por otro lado, al tener como objeto desarrollar una campaña de publicidad
institucional, en el desarrollo de la misma serán de aplicación la Ley 29/2005, de 29 de
diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional; el Real Decreto 947/2006, de 28
de agosto, por el que se regula la Comisión de publicidad y comunicación institucional y
la elaboración del Plan anual de publicidad y comunicación de la Administración General
del Estado; el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen
criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso
de la Administración General del Estado, la Resolución de 21 de marzo de 2013 de la
Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de
Comunicación Digital para la Administración General del Estado y la Resolución de 15 de
junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se actualiza la
Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado, y demás
normativa relacionada.
Quinto.
Que mediante el presente convenio se pretende contribuir de forma conjunta a la
realización de campaña de publicidad institucional de promoción de estilos de vida
saludable en la infancia dentro de la puesta en marcha del Plan Estratégico Nacional
para la Reducción de la Obesidad Infantil.
Aunar recursos materiales, y especialmente económicos, para la realización de la
campaña permitirá escalar la misma, de manera que se obtenga un mayor impacto y
mayor llegada a la población, con lo que será más efectiva la sensibilización a la misma,
para poder modificar conductas que dependan de ella incrementando los hábitos
saludables en la población infantil.
Efectuar campañas de promoción aisladas e independientes con menores recursos
minimizarían el impacto.
Sexto.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto realizar una campaña de publicidad
institucional de medios a nivel nacional que promueva hábitos saludables en la población
infantojuvenil.
cve: BOE-A-2025-11698
Verificable en https://www.boe.es
Que, existiendo interés compartido, deciden la firma del presente convenio, conforme
a las siguientes:
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 76384
Cuarto.
Que esta campaña de publicidad institucional de promoción de hábitos saludables se
enmarca dentro del desarrollo del Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la
Obesidad Infantil (2022-2030), (en adelante PENROI).
Este Plan cuenta con un horizonte temporal de ocho años y en él se recogen un total
de 200 medidas organizadas en entornos de acción que se corresponden con diferentes
ámbitos competenciales. Dentro de este sistema, el Ministerio de Sanidad tiene un papel
de primus inter pares, ya que el Comité Interministerial de seguimiento e impulso del
Plan, creado por el Real Decreto 763/2024, de 30 de julio, está presidido por el Ministerio
de Sanidad.
Entre estas medidas se encuentra crear alianzas con líderes de opinión, actores de
los sectores del deporte, alimentación, gastronomía y audiovisual y medios de
comunicación para la difusión de hábitos y estilos de vida saludables para niños, niñas y
adolescentes, así como la sensibilización a la población.
Por otro lado, al tener como objeto desarrollar una campaña de publicidad
institucional, en el desarrollo de la misma serán de aplicación la Ley 29/2005, de 29 de
diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional; el Real Decreto 947/2006, de 28
de agosto, por el que se regula la Comisión de publicidad y comunicación institucional y
la elaboración del Plan anual de publicidad y comunicación de la Administración General
del Estado; el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen
criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso
de la Administración General del Estado, la Resolución de 21 de marzo de 2013 de la
Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de
Comunicación Digital para la Administración General del Estado y la Resolución de 15 de
junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se actualiza la
Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado, y demás
normativa relacionada.
Quinto.
Que mediante el presente convenio se pretende contribuir de forma conjunta a la
realización de campaña de publicidad institucional de promoción de estilos de vida
saludable en la infancia dentro de la puesta en marcha del Plan Estratégico Nacional
para la Reducción de la Obesidad Infantil.
Aunar recursos materiales, y especialmente económicos, para la realización de la
campaña permitirá escalar la misma, de manera que se obtenga un mayor impacto y
mayor llegada a la población, con lo que será más efectiva la sensibilización a la misma,
para poder modificar conductas que dependan de ella incrementando los hábitos
saludables en la población infantil.
Efectuar campañas de promoción aisladas e independientes con menores recursos
minimizarían el impacto.
Sexto.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto realizar una campaña de publicidad
institucional de medios a nivel nacional que promueva hábitos saludables en la población
infantojuvenil.
cve: BOE-A-2025-11698
Verificable en https://www.boe.es
Que, existiendo interés compartido, deciden la firma del presente convenio, conforme
a las siguientes: