Ministerio de Trabajo y Economía Social. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-11735)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 24 de marzo de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Miércoles 11 de junio de 2025

Sec. II.A. Pág. 76546

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
11735

Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de
24 de marzo de 2025.

Por Resolución de 24 de marzo de 2025 (BOE de 7 de abril) se anunció convocatoria
para la provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo en el
Ministerio de Trabajo y Economía Social, en el Servicio Público de Empleo Estatal.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto de
Medidas para la Reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la tramitación
que exige el capítulo III del título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
Esta Subsecretaría ha dispuesto:
Primero.
Resolver la referida convocatoria adjudicando el puesto de trabajo en los términos
que se señalan en el anexo adjunto.
Segundo.
La toma de posesión en el nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el
artículo 48 del reglamento anteriormente citado.
Tercero.

Madrid, 19 de mayo de 2025.–El Subsecretario de Trabajo y Economía Social, P. D.
(Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre), la Subdirectora General de Recursos y
Organización del Servicio Público de Empleo Estatal, Aurora Diz Monje.

cve: BOE-A-2025-11735
Verificable en https://www.boe.es

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1
segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de
acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.