Comunidad Autónoma de Andalucía. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2025-11907)
Resolución de 6 de junio de 2025, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en Oficinas Judiciales, en los partidos judiciales de El Ejido y Vélez-Málaga.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Viernes 13 de junio de 2025
Segundo.
1.

Sec. II.B. Pág. 77277

Requisitos y condiciones de participación.

Podrán participar en esta convocatoria en exclusiva y por una sola vez:

Los funcionarios y funcionarias de carrera pertenecientes al Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa, destinados en los municipios de El Ejido y Vélez-Málaga que
se encuentren en situación de servicio activo o en cualesquiera otra que comporte
reserva de puesto de trabajo, y que reúna las condiciones generales exigidas y los
requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de
presentación de las solicitudes de participación y las mantenga hasta la resolución
definitiva del concurso.
2. No podrán participar en esta convocatoria:
a) Quienes se encuentren en situación de excedencia voluntaria sin reserva
de plaza.
b) Los suspensos en firme, mientras dure la suspensión.
c) Los sancionados con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la
que se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata
de falta grave o muy grave, respectivamente.
3. De conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Reglamento de Ingreso,
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7
de diciembre, no regirá la limitación referente al tiempo para concursar establecida en
el artículo 46.1 del mismo.
Tercero. Bases y baremos de valoración.
1.

El concurso específico constará de dos fases:

A)

Primera fase: Valoración de méritos generales: Antigüedad.

Se valorarán los servicios efectivos en el cuerpo en el que participa, otorgándose 2
puntos por cada año completo de servicios. Los meses computarán 0,166 puntos por
mes completo y 0,0055 puntos por día. La puntuación máxima por antigüedad será de 60
puntos.
B)

Segunda fase: Valoración de méritos específicos.

2. La Secretaría General de Servicios Judiciales aportará de oficio la certificación
de la antigüedad en el Cuerpo, así como la puntuación correspondiente, del personal
funcionario que tengan destino en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
3. Los méritos específicos para cada jefatura de cada partido judicial se recogen
en el anexo I. El personal funcionario que tenga destino en la Comunidad Autónoma de
Andalucía, los acreditará con la Hoja de Acreditación de Datos de SIRHUS. Los méritos
del concepto 161 (Experiencia en gestión de aplicaciones informáticas judiciales),
concepto 130 (Oficinas de depósito), concepto 131 (Oficinas de archivo) y concepto 133
(Oficinas de atención al público) se acreditarán mediante certificación de los responsables
técnicos procesales de los centros de destino donde las personas aspirantes hayan
realizado las funciones. El anexo IV recoge la tabla de códigos completa.
4. La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos se referirá a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el
concurso.

cve: BOE-A-2025-11907
Verificable en https://www.boe.es

Se valorarán los méritos referidos a las características y contenido de los puestos
de trabajo ofertados, de conformidad con el baremo que consta en el anexo IV de esta
convocatoria. La puntuación máxima será de 40.