Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-11963)
Orden AUC/610/2025, de 6 de junio, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden AUC/398/2025, de 16 de abril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Sábado 14 de junio de 2025

Sec. II.A. Pág. 78018

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
11963

Orden AUC/610/2025, de 6 de junio, por la que se resuelve la convocatoria
de libre designación, efectuada por Orden AUC/398/2025, de 16 de abril.

Por Orden AUC/398/2025, de 16 de abril (BOE núm. 102, de 28 de abril de 2025), se
anunció convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de puesto de
trabajo en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la
tramitación que exige el artículo 54 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y a la
Orden TFD/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los
procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las
herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023,
de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo,
Este Ministerio acuerda dar publicidad a la resolución de la convocatoria de
referencia según se detalla en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo ContenciosoAdministrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.1 a) de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente y
con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el
mismo órgano que la dictó, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2025-11963
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Madrid, 6 de junio de 2025.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, P. D. (Orden AUC/462/2021, de 28 de abril), el Subsecretario de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Xavier Martí Martí.