Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2025-12022)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Autoridad Portuaria de Baleares, por la que se aprueba la modificación del Pliego de condiciones particulares del servicio comercial de consignación de buques y embarcaciones en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y La Savina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Sábado 14 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 78211

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
12022

Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Autoridad Portuaria de Baleares,
por la que se aprueba la modificación del Pliego de condiciones particulares
del servicio comercial de consignación de buques y embarcaciones en los
puertos de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y La Savina.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión
celebrada en fecha 6 de mayo de 2025 y, en virtud de lo expuesto en el apartado b) del
artículo 33.2 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, a tenor de
lo reseñado en el apartado b) del artículo 31.2 y s) del artículo 30.5 del citado texto legal,
adoptó el acuerdo siguiente:
«Primero.
Modificar el Pliego de Condiciones particulares del servicio comercial de
Consignación de buques y embarcaciones en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó,
Eivissa y la Savina (versión de junio 2019), aprobado por el Consejo de
Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en
fecha 28 de junio de 2019, dando por modificada la condición 6.1.4), anuladas las
condiciones 9.3 (segundo párrafo) y 10, y actualizada la condición 22 (antes 23).
Segundo.
Publicar esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» con referencia al texto
íntegro del pliego modificado que deberá publicarse en la página web de la Autoridad
Portuaria de Baleares, https://seu.portsdebalears.gob.es/seuapb/fitxa/seccio/1251/page/1
entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, en el plazo de un (1) mes, recurso de reposición potestativo, ante el
órgano que ha resuelto o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares,
en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al conocimiento de
la presente notificación, sin perjuicio de que pueda ejercer, en su caso, cualquier
otro que estime procedente.»
En cumplimiento del punto Segundo de este acuerdo, se publica esta resolución en
el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2025-12022
Verificable en https://www.boe.es

Palma, 14 de mayo de 2025.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares,
José Javier Sanz Fernández.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X