Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-12043)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la línea eléctrica a 400 kV, de entrada y salida en la subestación Ronda 400 kV, de las líneas Pinar del Rey-Tajo de la Encantada 2 y Jordana-Tajo de la Encantada, en Ronda (Málaga), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 14 de junio de 2025

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que las actuaciones pretendidas no afectan a los bienes ni derechos representados por
el Servicio de Urbanismo, si bien da traslado la solicitud al Servicio de Carreteras para la
emisión de pronunciamiento al respecto. Adicionalmente, la Delegación Territorial
concluye que la línea eléctrica propuesta discurriría por suelos para los que el Plan
General de Ordenación Urbana de Ronda prohíbe expresamente dicho uso, no
resultando por tanto acorde con dicho planeamiento urbanístico. Trasladada la respuesta
de la Delegación Territorial a Red Eléctrica, esta remitió escrito en el que justifica la
compatibilidad urbanística y pone de manifiesto que es de aplicación lo establecido en
las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de
mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, de manera que, en el
supuesto de que tales obras vayan a construirse sobre terrenos no reservados por el
planeamiento urbanístico, la decisión estatal respecto a la ejecución del proyecto
prevalecerá sobre el planeamiento urbanístico, cuyo contenido deberá acomodarse a las
determinaciones de aquella. Trasladada la respuesta de Red Eléctrica a la Delegación
Territorial, no se recibió contestación, por lo que se entiende la conformidad en virtud de
lo dispuesto en los artículos 127.4, 131.4 y 147.2 del referido Real Decreto 1955/2000.
Posteriormente, el Servicio de Carreteras ha informado favorablemente la instalación,
estableciendo condicionado técnico que ha sido aceptado por Red Eléctrica.
El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), la Delegación Territorial en
Málaga de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y la Consejería de
Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades de la Junta de
Andalucía remitieron escritos de los que no se desprende oposición. Trasladados estos
escrito a Red Eléctrica, esta manifestó su conformidad.
Telefónica de España, SAU remitió escrito en el que no se desprende oposición y
establece condicionado técnico. Trasladado el escrito de Telefónica a Red Eléctrica, esta
manifestó su conformidad.
Preguntados el Ayuntamiento de Ronda, la Demarcación de Costas en AndalucíaMediterráneo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y
Endesa, SAU, no se recibió contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2, 131.1
y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en la citada
Ley 21/2013, mediante Anuncio del Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Andalucía de fecha 8 de junio de 2023, hecho público en el «Boletín Oficial
del Estado» núm. 138, de 10 de junio de 2022, y en el Boletín Oficial de la Provincia de
Málaga núm. 117, de 20 de junio de 2022. Además, el Anuncio fue publicado en el diario
Sur del 15 de junio de 2022 y remitido al Ayuntamiento de Ronda para su exposición
pública. Se recibieron alegaciones, que fueron contestadas por Red Eléctrica.
Asimismo, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
(en adelante, EsIA) acompañadas de solicitudes de informe a los efectos de lo
establecido en el artículo 37.1 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, al Ayuntamiento de
Ronda, a la Diputación Provincial de Málaga, al Servicio de Bienes Culturales en Málaga
de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía, a la
Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Andalucía, a
la Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía, a la
Delegación Territorial en Málaga de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio
de la Junta de Andalucía, a la Delegación Territorial en Málaga de Empleo, Formación,
Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades
de la Junta de Andalucía, a la Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la
Junta de Andalucía, a la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica
de la Junta de Andalucía, a la Demarcación de Costas Andalucía-Mediterráneo del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y al Grupo Verdemar
Ecologistas en Acción Andalucía.

cve: BOE-A-2025-12043
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Núm. 143