Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-12041)
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía Inagotable de Sigma, SL, de autorización administrativa de construcción de la instalación eólica Sigma, de 49 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en Almudévar (Huesca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Sábado 14 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 78412
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
12041
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía
Inagotable de Sigma, SL, de autorización administrativa de construcción de la
instalación eólica Sigma, de 49 MW de potencia instalada, y de su
infraestructura de evacuación, en Almudévar (Huesca).
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes:
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Energía Inagotable de Sigma, SL (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 7 de julio
de 2021, autorización administrativa previa del parque eólico Sigma de 49,5 MW de potencia
instalada y su infraestructura de evacuación consistente en líneas internas a 30 kV que unen
los aerogeneradores con la subestación transformadora SET Almudévar 30/220 kV en el
término municipal de Almudévar, en la provincia de Huesca.
Admisión a trámite.
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto de instalación eólica Sigma y su infraestructura de evacuación, en la
provincia de Huesca, había sido presentada y admitida a trámite.
Asimismo, esta Dirección General, con fecha 24 de julio de 2021, dictó acuerdo de
acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de autorización administrativa
previa de las instalaciones eólicas Tau (SGIISE/PEol-630), Sigma (SGIISE/PEol-632),
Teorema (SGIISE/PEol-633), Perseus (SGIISE/PEol-635), Escudo (SGIISE/PEol-637),
Pavo (SGIISE/PEol-638), Fornax (SGIISE/PEol-639), Superelipse (SGIISE/PEol-641),
Orión (SGIISE/PEol-642) y Sarín (SGIISE/PEol-643), de 49,5 MW de potencia instalada
cada una, y de Pictor (SGIISE/PEol-631), de 16 MW de potencia instalada, y de Hadar,
de 25,25 MW (SGIISE/PEol-640) de potencia instalada, así como de sus infraestructuras
de evacuación, con número de expediente asociado SGIISE/PEol-637 AC.
El resto de la infraestructura de evacuación hasta la conexión a la red de transporte
se compartía con otros proyectos y se tramitaba a través de los expedientes cuyos
códigos de tramitación en la AGE son: SGIISE/PEol-637, SGIISE/PEol-638 y SGIISE/
PEol-526, denominados: Escudo, Pavo y Kappa, respectivamente.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica con fecha 23 de
noviembre de 2023, varios promotores, entre ellos, Energía Inagotable de Sigma, SL,
firmaron un acuerdo para la evacuación conjunta y coordinada de varias plantas eólicas,
entre ellas la instalación eólica Sigma, en la subestación Isona 400 kV (REE).
cve: BOE-A-2025-12041
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 143
Sábado 14 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 78412
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
12041
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía
Inagotable de Sigma, SL, de autorización administrativa de construcción de la
instalación eólica Sigma, de 49 MW de potencia instalada, y de su
infraestructura de evacuación, en Almudévar (Huesca).
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes:
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Energía Inagotable de Sigma, SL (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 7 de julio
de 2021, autorización administrativa previa del parque eólico Sigma de 49,5 MW de potencia
instalada y su infraestructura de evacuación consistente en líneas internas a 30 kV que unen
los aerogeneradores con la subestación transformadora SET Almudévar 30/220 kV en el
término municipal de Almudévar, en la provincia de Huesca.
Admisión a trámite.
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto de instalación eólica Sigma y su infraestructura de evacuación, en la
provincia de Huesca, había sido presentada y admitida a trámite.
Asimismo, esta Dirección General, con fecha 24 de julio de 2021, dictó acuerdo de
acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de autorización administrativa
previa de las instalaciones eólicas Tau (SGIISE/PEol-630), Sigma (SGIISE/PEol-632),
Teorema (SGIISE/PEol-633), Perseus (SGIISE/PEol-635), Escudo (SGIISE/PEol-637),
Pavo (SGIISE/PEol-638), Fornax (SGIISE/PEol-639), Superelipse (SGIISE/PEol-641),
Orión (SGIISE/PEol-642) y Sarín (SGIISE/PEol-643), de 49,5 MW de potencia instalada
cada una, y de Pictor (SGIISE/PEol-631), de 16 MW de potencia instalada, y de Hadar,
de 25,25 MW (SGIISE/PEol-640) de potencia instalada, así como de sus infraestructuras
de evacuación, con número de expediente asociado SGIISE/PEol-637 AC.
El resto de la infraestructura de evacuación hasta la conexión a la red de transporte
se compartía con otros proyectos y se tramitaba a través de los expedientes cuyos
códigos de tramitación en la AGE son: SGIISE/PEol-637, SGIISE/PEol-638 y SGIISE/
PEol-526, denominados: Escudo, Pavo y Kappa, respectivamente.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica con fecha 23 de
noviembre de 2023, varios promotores, entre ellos, Energía Inagotable de Sigma, SL,
firmaron un acuerdo para la evacuación conjunta y coordinada de varias plantas eólicas,
entre ellas la instalación eólica Sigma, en la subestación Isona 400 kV (REE).
cve: BOE-A-2025-12041
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.