Comunidad Foral de Navarra. I. Disposiciones generales. Empleo público. (BOE-A-2025-12060)
Decreto-ley Foral 1/2025, de 7 de mayo, por el que se aprueban medidas extraordinarias y urgentes en materia de personal para la reducción de la temporalidad en las Administraciones Públicas de Navarra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Lunes 16 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 78546

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
12060

Decreto-ley Foral 1/2025, de 7 de mayo, por el que se aprueban medidas
extraordinarias y urgentes en materia de personal para la reducción de la
temporalidad en las Administraciones Públicas de Navarra.

Mediante la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción
de la temporalidad en el empleo público, se afrontaron las reformas estructurales
necesarias para reducir la elevada temporalidad en el empleo público, en consonancia
con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, evaluado favorablemente por
la Comisión Europea. Esta Ley contemplaba la realización de un proceso de
estabilización del empleo temporal en las Administraciones Públicas, con el objetivo de
reducir la temporalidad en el empleo público y alcanzar una temporalidad estructural no
superior al 8 % en el conjunto de las Administraciones Públicas.
En su disposición adicional décima, la referida Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
preveía su aplicación a la Comunidad Foral de Navarra en los términos establecidos en
el artículo 149.1.18 la disposición adicional primera de la Constitución y en la Ley
Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen
Foral de Navarra.
En este sentido y en virtud de la competencia exclusiva sobre el régimen estatutario
del personal funcionario público de la Comunidad Foral de Navarra, respetando los
derechos y obligaciones esenciales que la legislación básica del Estado reconoce al
personal funcionario público, otorgada por el artículo 49.1 de la Ley Orgánica 13/1982,
de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, se
dicta el Decreto-ley Foral 2/2022, de 23 de mayo, de medidas para la realización de los
procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las
Administraciones Públicas de Navarra, convalidado y tramitado como proyecto de ley
foral y que dio lugar a la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio.
Las medidas relativas a los procesos de estabilización que debían finalizar antes
del 31 de diciembre de 2024 han demostrado cierta eficacia. No obstante lo anterior, las
medidas adoptadas no han sido suficientes para conseguir reducir la temporalidad por
debajo del mencionado objetivo del 8 %. Además, se ha constatado que diversos
aspectos de la normativa reguladora de los procedimientos selectivos y de provisión, así
como de las situaciones administrativas, impiden reducir las tasas de temporalidad hasta
alcanzar el objetivo previsto.
Para dar respuesta a esta necesidad, en relación con la regulación de la excedencia
voluntaria, se suspende la aplicación del artículo 26 del texto refundido del Estatuto del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto
Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, durante el periodo de dos años desde la
entrada en vigor de este decreto-ley foral.
Las modificaciones planteadas introducen, en concreto, un periodo de permanencia
en la plaza obtenida por las personas participantes en un procedimiento selectivo de
ingreso, antes de poder solicitar una excedencia voluntaria, de manera que se asegure el
desempeño efectivo en la plaza adquirida en el proceso selectivo en el que se ha
participado durante un período de tiempo mínimo, antes de que dicha plaza sea objeto
de una nueva provisión.

cve: BOE-A-2025-12060
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