Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12123)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre Iberdrola, SA, y el Consorcio Casa de América, para articular la aportación económica destinada a apoyar los fines y la programación ordinaria del Consorcio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Lunes 16 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 78654

que se destinará al desarrollo de los fines y programación ordinaria del Consorcio, para
la difusión de la cultura y en el establecimiento de lazos de acercamiento e integración
social, política y económica en el ámbito de los países iberoamericanos.
Segunda.

Naturaleza.

El presente convenio se regirá por las disposiciones contenidas en la Ley 49/2002,
de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los
incentivos fiscales al Mecenazgo, en particular su artículo 25, y en el Real
Decreto 1270/2003, de 10 octubre, que contiene su desarrollo reglamentario, y en
relación con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público en
cuanto al marco general para la contratación y gestión de los medios públicos.
Declarando Iberdrola su intención de acogerse expresamente a los beneficios fiscales
que pudieran corresponderle en aplicación de las citadas disposiciones legales.
Las partes reconocen que la colaboración no constituye una prestación de servicios y
en ningún caso debe considerarse que el presente convenio persigue los fines de los
contratos de patrocinio publicitario recogidos en el artículo 22 de la Ley 34/1988, de 11
de noviembre, General de Publicidad.
Tercera.

Obligaciones de Iberdrola.

En virtud del presente convenio Iberdrola asume las siguientes obligaciones:
– Realizar una aportación económica de 16.000 euros, que se destinará al desarrollo
de los fines y programación ordinaria del Consorcio (la «Aportación»). Dicha aportación
económica se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta abierta a nombre de
Casa de América cuyos datos son los siguientes:
Entidad Bancaria: Bankinter.
Calle de Nuria, 30, 28034 Madrid.
Número de cuenta: ES14 0128 0067 7201 00055393.
– Dar la máxima difusión posible a las actividades y eventos de difusión de la cultura
iberoamericana desarrollado en el marco de este convenio y de la programación
ordinaria del Consorcio.
– Autorizar el uso de su logotipo, en la cartelería y demás material elaborado para
las actividades y eventos de difusión de la cultura iberoamericana desarrollado en el
marco de este convenio y de la programación ordinaria del Consorcio.
Cuarta.

Obligaciones de Casa de América.

– Destinar el capital recibido al desarrollo y ejecución de la programación ordinaria
anual del Consorcio y los distintas eventos y actividades de promoción de la cultura
iberoamericana comprendidas en él.
– Para el desarrollo de la programación y los distintos actos de promoción cultural,
pondrá los distintos espacios del Palacio de Linares a disposición, así como los medios
personales propios necesarios para el correcto desarrollo del congreso, seminario o
evento y atención de sus asistentes.
– Proporcionará una copia del programa anual de actividades a los representantes
de Iberdrola. Así mismo, al final del ejercicio, Casa de América le proporcionará una
memoria económica justificativa de la aplicación del capital recibido a las distintas
actividades del programa. La memoria deberá incluir una descripción detallada de las
actividades de colaboración realizadas en relación con cada uno de los trabajos y de la
forma en que Casa de América ha dado a conocer la participación de Iberdrola en los

cve: BOE-A-2025-12123
Verificable en https://www.boe.es

En virtud del presente convenio la Casa de América asumirá las siguientes
obligaciones: