Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12137)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., y el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación, O.A., para la promoción de la universidad española en la Feria NAFSA 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Lunes 16 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 78761

corresponsable. Para ello, ICEX dará traslado a SEPIE, a la mayor brevedad posible, y
siempre dentro del plazo de dos días hábiles desde la recepción de la solicitud.
Asimismo, las Partes, en su condición de corresponsables, garantizarán el
cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos y, a título
enunciativo, no limitativo, garantizan:
– Mantener sus respectivos registros de actividades de tratamiento en caso de estar
obligados a ello bajo el RGPD.
– Tratar los datos personales conforme a los principios relativos al tratamiento de
datos, recogidos en el artículo 5 del RGPD. Especialmente, cada parte debe garantizar
que los datos personales no serán tratados para ninguna finalidad incompatible, distinta
de las que han sido informadas a los interesados.
– Disponer de un procedimiento de actuación en caso de recepción de solicitudes de
ejercicio de los derechos recogidos en los artículos 15 a 22 del RGPD y garantizar dicho
ejercicio.
– Haber adoptado las medidas de seguridad, conforme lo previsto en el artículo 32
del RGPD, que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su
alternación, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la
tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos,
ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural.
– Disponer de un procedimiento de actuación en caso de brechas de seguridad
conforme a lo dispuesto en los artículos 33 y 34 del RGPD. En caso de brecha de
seguridad relacionada con el procesamiento de datos de las partes en su calidad de
corresponsables, las Partes acuerdan que ICEX, en su condición de corresponsable
principal, será el encargado de comunicar las brechas de seguridad que sufran los datos
a la Autoridad de Protección de Datos y/o a otros interesados relevantes conforme a lo
establecido en la normativa vigente con la colaboración y aprobación escrita de SEPIE
en su condición de corresponsable.
– Será responsabilidad de cada uno de los corresponsables la notificación de las
brechas de seguridad sufridas ante la Autoridad de Protección de Datos relevante y/o a
los interesados relevantes conforme a lo establecido en la normativa vigente, en los
siguientes casos:

– Cada una de las Partes asumirá, de manera independiente, la obligación de
atender a los interesados relevantes con respecto a las solicitudes de ejercicio de los
derechos recogidos en los artículos 15 a 22 del RGPD respecto de los datos que traten
en calidad de responsables independientes.
ICEX se compromete a acreditar frente a SEPIE el cumplimiento de sus obligaciones
como corresponsable principal a requerimiento de SEPIE, y en un plazo máximo de
cinco (5) días hábiles, salvo que deba facilitar la información por un periodo de tiempo
más reducido para dar respuesta a un requerimiento de la Autoridad de Control u otra
Administración que requiera de una gestión urgente.
Decimotercera.

Igualdad efectiva de mujeres y hombres.

De conformidad con lo dispuesto en la legislación nacional, en la iniciativa del
Parlamento Europeo así como en la normativa interna de ICEX para la igualdad efectiva
de mujeres y hombres y promover la visibilidad de mujeres expertas y aumentar su
participación en paneles, conferencias, seminarios, debates y actividades de
comunicación, las Partes acuerdan que se velará por mantener un equilibrio de mujeres

cve: BOE-A-2025-12137
Verificable en https://www.boe.es

● Cuando la brecha acontezca sobre los ficheros de los asistentes a la Feria que
hayan sido previamente almacenados por el corresponsable en sus propios sistemas.
● Cuando la brecha se produzca en los datos personales de los asistentes al evento
recabados en la organización de la Feria, pero procesados por las Partes en calidad de
responsables independientes, conforme a lo establecido en el presente convenio.