Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12135)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y el Instituto Nacional de Estadística, O.A., para el traspaso de las operaciones estadísticas «Encuesta sobre la Estructura de la Industria de la Construcción» e «Índices de Producción de la Industria de la Construcción».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 16 de junio de 2025

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sucesivo MTRM) y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, define las
funciones del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
Concretamente, la letra k) del apartado 1 del artículo 14 del mencionado Real
Decreto, atribuye a la Dirección General de Programación Económica y Presupuestos,
dependiente de la Subsecretaría de Transportes y Movilidad Sostenible, la programación
y elaboración de las estadísticas generales que describan la actividad del Departamento
que no estén incluidas en el Plan Estadístico Nacional y sean competencia de esta
Dirección General, así como la elaboración de las estadísticas que el Plan Estadístico
Nacional determine que son competencia de esta Dirección General.
Así, el Real Decreto 1225/2024, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Plan
Estadístico Nacional 2025-2028 (PEN2025-2028) incluye la Encuesta sobre la Estructura
de la Industria de la Construcción (9192) y el Índice de Producción de la Industria de la
Construcción (9194), como estadísticas cuyo organismo responsable es el Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible, con intervención adicional, entre otras entidades, del
INE. Asimismo, el Real Decreto 72/2025, de 4 de febrero, por el que se aprueba el
Programa Anual 2025 del PEN 2025-2028, incluye la Estadística Estructural de
Empresas: Sector Construcción (9200) y el Índice de Producción de la Construcción
(IPCO) (9201), operaciones estadísticas no previstas inicialmente en el Plan cuatrienal, y
cuyo organismo responsable es el INE.
II. Que el Real Decreto 803/2022, de 4 de octubre, aprueba el Estatuto del
Organismo Autónomo Instituto Nacional de Estadística (en lo sucesivo, INE). Según el
artículo 1 de dicho Estatuto, el INE se configura, según la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de
la Función Estadística Pública, como un organismo autónomo de los previstos en la
sección 2.ª del capítulo III del título II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, a
través de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa.
El INE ejerce las funciones de coordinación general de los servicios estadísticos de
la Administración General del Estado, la vigilancia, control y supervisión de las
competencias de carácter técnico de los servicios estadísticos estatales, y las demás
previstas en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública.
De acuerdo con la Ley 12/1989, de 9 de mayo, el principal instrumento ordenador de
la actividad estadística de la Administración General del Estado es el Plan Estadístico
Nacional, que se aprueba por Real Decreto y que determina las estadísticas que han de
elaborarse durante su período de vigencia (cuatro años) y que tienen la consideración de
estadísticas para fines estatales. Asimismo, las actuaciones que hayan de desarrollarse
en ejecución del Plan Estadístico Nacional en cada ejercicio estarán definidas en un
programa anual, que se aprobará mediante Real Decreto.
Corresponde al INE la formulación del anteproyecto del Plan Estadístico Nacional y
de los programas anuales, en colaboración con los servicios estadísticos de los
departamentos ministeriales y de las demás entidades públicas de la Administración del
Estado y de las comunidades autónomas.
III. Que el INE está acometiendo una serie de acciones encaminadas a la
modernización de su producción estadística para hacerla acorde con las necesidades de
los usuarios, que demandan estadísticas más rápidas, puntuales y con una mayor
granularidad o desglose, centrada asimismo en maximizar el valor añadido que generan
los datos procedentes de las estadísticas, poniéndolos al servicio de la investigación con
fines de interés público, la evaluación de políticas públicas y otras necesidades de los
gestores públicos para que desarrollen acciones basadas en información.
En esta línea de actuación, el INE ha fijado su actuación en dos grandes estadísticas
que son de especial relevancia para la gestión económica de la administración. Por un
lado, la Estadística Estructural de Empresas, fuente básica para la disponibilidad de
datos económicos anuales a nivel de empresa y, por otro, los indicadores de coyuntura
sectoriales, pilar fundamental para el seguimiento de corto plazo de la actividad
económica. Ambas estadísticas tienen una gran relevancia como inputs para la

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