Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-12165)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la nueva subestación Ronda 400 kV, en Ronda (Málaga), y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Lunes 16 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 78938

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la nueva subestación Ronda 400 kV, en Ronda (Málaga), y
se declara, en concreto, su utilidad pública.

Red Eléctrica de España, SAU, en adelante Red Eléctrica, solicitó con fecha 3 de
diciembre de 2021, autorización administrativa previa, autorización administrativa de
construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública para la nueva subestación
Ronda 400 kV, en el término municipal de Ronda, en la provincia de Málaga.
Red Eléctrica suscribió declaración responsable que acredita el cumplimiento de la
normativa que le es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Andalucía, tramitándose de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales duodécima,
segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de
concesión de obras públicas, así como con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
La Diputación Provincial de Málaga remitió escrito en el que pone de manifiesto
alegaciones en materia medioambiental, afecciones a vías pecuarias, afecciones al
dominio público hidráulico y afecciones a carreteras. Trasladado el informe de la
Diputación Provincial a Red Eléctrica, esta respondió manifestando reparos y aportando
documentación adicional. Trasladada la respuesta de Red Eléctrica a la Diputación
Provincial de Málaga, no se recibió contestación, por lo que se entiende la conformidad
en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.4, 131.4 y 147.2 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las alegaciones y consideraciones en
materia de medio ambiente, han sido objeto del trámite de evaluación de impacto
ambiental del proyecto del cual ha resultado la declaración de impacto ambiental y las
condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte de Red
Eléctrica para el proyecto.
La Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía remitió escrito
del cual no se desprende oposición y en el que establecen condicionado técnico, así
como la necesidad, en su caso, de solicitar las pertinentes autorizaciones sectoriales
ante dichos organismos. Trasladado este escrito a Red Eléctrica, esta manifestó su
aceptación expresa de los condicionados.
La Delegación Territorial de Málaga de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía remitió informe en el que concluye
que las actuaciones pretendidas no afectan a los bienes ni derechos representados por
el Servicio de Urbanismo, si bien da traslado la solicitud al Servicio de Carreteras para la
emisión de pronunciamiento al respecto. Adicionalmente, la Delegación Territorial
concluye que el uso propuesto de la subestación eléctrica resulta acorde con el

cve: BOE-A-2025-12165
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