Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12190)
Resolución de 5 de junio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Margarita Salas, para establecer una colaboración para la «XXIV Escuela de Biología Molecular "Eladio Viñuela-Margarita Salas". Nuevos avances en Biología Molecular y su traslación a Biomedicina y Biotecnología».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Lunes 16 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 79047

La Fundación Margarita Salas asumirá toda la responsabilidad de la convocatoria y
adjudicación de dichas becas, manteniendo indemne a la UIMP de cualquier reclamación
que se pudiera recibir en relación con dicho proceso.
Dicha convocatoria incluye dieciocho ayudas por un importe de 555,00 euros cada
una, que cubrirá la inscripción (matrícula + tasa gastos de secretaría) más una bolsa
para los gastos de alojamiento y manutención durante los días de duración del Curso.
Esto supone un compromiso económico máximo de la Fundación Margarita Salas de
nueve mil novecientos noventa euros (9.990,00 €).
La Fundación abonará el importe de las ayudas a cada uno de los alumnos que
resulten beneficiarios, para que ellos procedan a su matriculación por el procedimiento
ordinario de la Universidad y se alojen en donde consideren adecuado.
Una vez adjudicadas las ayudas, la Fundación Margarita Salas facilitará a la UIMP un
listado con los alumnos que han resultado beneficiarios de las mismas, para su
información y transparencia.
Tercera. Compromisos asumidos por la UIMP.
I. La UIMP se compromete a informar, dentro de sus canales ordinarios de difusión
del Curso, de la existencia de la convocatoria de becas promovida por la Fundación
Margarita Salas.
II. La UIMP se compromete a destacar la colaboración de la Fundación Margarita
Salas en cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del Curso, de forma
acorde a la financiación aportada y respetando en todo caso el logotipo y las directrices
de imagen externa que se faciliten con este fin. La difusión de esta colaboración por
parte de la UIMP no constituirá una prestación de servicios.
III. La UIMP no asume en virtud de este convenio ningún compromiso de gasto.
Cuarta.

Titularidad de los resultados.

Dado que el objeto del convenio es establecer la colaboración de la Fundación
Margarita Salas con la UIMP para la promoción de la asistencia de alumnos a la «XXIV
Escuela de Biología Molecular “Eladio Viñuela-Margarita Salas”. Nuevos avances en
Biología Molecular y su traslación a Biomedicina y Biotecnología», mediante una
convocatoria propia de becas, de las actuaciones a realizar por cada sujeto para su
cumplimiento no se va a derivar ningún resultado, por lo que no es preciso adoptar
ningún acuerdo sobre su titularidad.
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.

Las partes no consideran necesario crear una comisión específica, como órgano
colegiado que se encargue del seguimiento del desarrollo del convenio, si bien los
equipos técnicos y responsables de ambas entidades estarán en estrecho contacto de
forma coordinada, comunicándose o reuniéndose siempre que lo consideren conveniente
para la buena marcha del convenio y siempre que alguna de las partes lo pida.
Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio
y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través del
Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y Programación de Actividades (o, en caso
de cambio de organigrama, la persona titular del Vicerrectorado que tenga la
competencia sobre la programación de cursos avanzados), y serán el personal técnico
del mismo, y como responsable último su titular, los encargados de velar por la
consecución de los objetivos del presente convenio, de proponer cuantas medidas se
estimen necesarias para garantizar la viabilidad y la calidad de las actuaciones y
servicios, de efectuar el seguimiento y evaluación y de resolver en primer término las
posibles controversias o problemas de interpretación y cumplimiento del convenio.
Por parte de la Fundación Margarita Salas el seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada

cve: BOE-A-2025-12190
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.